Jorge Corrales Quesada, economista/ Foto Proyecto hidroeléctrico Reventazón, Siquirres, Edgar Fonseca M.

Según la Ley que Autoriza la Generación Eléctrica Autónoma o Paralela No. 7.200 de 1990 y sus reformas de 1995, se le garantiza al ICE las decisiones acerca de quién puede producir y venderle la luz, de forma que permite que esa entidad conserve prácticas monopólicas y monopsónicas.

Al ser el ICE el que autoriza quién puede producir electricidad, al exigir que sólo el ICE la adquiera para revenderla y que su tamaño se limite a un máximo 50 megavatios (MW), además de que el conjunto de empresas así limitado en su producción no supere el 15% de la potencia de producción del Sistema Eléctrico Nacional, el ICE se asegura el control de la producción y la distribución de la electricidad en el país. Tiene espacio para ser casi el único productor y casi el único comprador de electricidad en el país.

Obviamente, las posibilidades de ejercer prácticas monopólicas perjudican a los consumidores, quienes tienen menos alternativas donde escoger cual es el productor del bien según sus preferencias, al estar esencialmente sujeto a un producto único, más el de otras pocas empresas relativamente pequeñas (usualmente cooperativas). Al mismo tiempo, como cualquiera que entre a producir -obviamente de un tamaño pequeño, dada la ley citada- está obligado que vender su producción al ICE como único comprador, ello posibilita situaciones potencialmente corruptas, en donde una empresa de esas puede ejercer influencias para que lo que compre por el ICE lo haga a un precio relativamente elevado, en comparación al costo al cual podría producirla otro potencial productor. Pero, por otra parte, también el comprador único define el precio al cual compra la energía, inferior al habría en un mercado competido.

Al igual que el monopolio buscar equilibrar su posición óptima, reduciéndola hasta un punto en donde el precio es mayor y la cantidad vendida menor a las de una situación de competencia, en el caso del monoposonio, el único comprador también define su posición óptima adquiriendo una cantidad inferior y a un precio menor que lo que tendría que haber pagado en competencia. En el primer caso, el monopolista explota al consumidor y, en el segundo caso, el monopsonista explota al vendedor del cual adquiere el bien. El ICE es casi el único vendedor de electricidad a los consumidores del país y casi el único comprador de electricidad a los productores independientes.

El impacto

La exclusividad legal otorgada al ICE tiene otro efecto importante que recientemente que fue objeto de un comentario en La Nación del 20 de enero, bajo el título “Costa Rica dejó ir inversiones por $1.000 millones en energía limpia: Ley ahuyenta a privados al prohibir instalaciones mayores a 50 MW.”

En palabras de Jorge Sequeira, director de CINDE, “el modelo actual no permite que un inversionista venga y gaste $100 millones en una planta solar y venda energía a clientes. La ley se lo impide.” Y claro, hay mucho inversionista extranjero en dicho sector quien, ante esta situación, mejor lleva su empresa potencial hacia otro país, incluso cercano, de donde, por la interconexión centroamericana, puede terminar vendiéndola más caro al ICE desde el extranjero, en ciertos momentos de escasez (y el consumidor pagaría así un precio mayor).

Lo interesante es que CINDE ha indicado que, en los últimos 5 años, el país ha perdido más de mil millones de dólares en inversión en producir energía eléctrica renovable (eólica y solar), por dichas restricciones legales. Dice el medio que “eran emprendimientos de países como China, Canadá, Estados Unidos y naciones europeas y árabes, que habrían generado cientos de empleos…” Pero, también, con una mayor competencia en la producción, nos podríamos haber haber beneficiado con una disminución de los altos costos de la electricidad, factor que sin duda, no sólo deprime la llegada de empresas con tecnología moderna que utilizan intensivamente a la electricidad, sino también a todos los consumidores cautivos.

Datos de Bloomberg New Energy Finance indican que en el 2017 la inversión mundial en energías renovables y tecnologías inteligentes para la electricidad llegó a $333.500 millones; $324.600 millones en el 2016 y $360.300 millones en el 2015. Y noten, “México registró en el 2017 inversiones por $6.200 millones (516% más respecto al 2016); Argentina $1.800 millones (777% más), y Chile, $1.500 millones (55% adicional respectivamente respecto al 2016.)”

¿No creen que podían haber invertido aquí si hubiéramos tenido las restricciones menores de esos países? ¿Será que, por el afán de preservar al monopolio/monopsonio del ICE, estamos dejando de percibir una importante inversión extranjera en momentos en que caería como anillo al dedo en una economía trastabillante como la nuestra? ¿Será por temor a la competencia de un ente estatal que los ciudadanos tendremos que seguir teniendo una producción menor y precios más elevados de la electricidad que los potencialmente posibles?