Absueltos exfederativos pero deben pagar ¢3 millones por daño moral y ordenan testimoniar piezas contra Li

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Edgar Fonseca, editor

El exdirector de Selecciones Nacionales, Adrián Gutiérrez, y el exfederativo, Juan Carlos Román, fueron absueltos este viernes del presunto delito de difamación en la querella que interpusieron en su contra los seleccionados Keylor Navas, Bryan Ruiz y Celso Borge.

Sin embargo, el tribunal de juicio los condenó al pago de ¢3 millones a cada uno de los seleccionados por el daño moral causado

“Se condena civilmente al pago del daño moral ocasionado en la cifra de ¢3 millones para cada uno de los actores, para un total de ¢9 millones”, citó la jueza Byanka Wiciak, miembro del tribunal.

Igualmente los jueces ordenaron testimoniar piezas contra el expresidente de la Fdedefutbol, Eduardo Li, por haber supuestamente mentido ante el tribunal con su declaración.

Li dijo ante los jueces que en 2014, en una tensa sesión con seleccionados tras regresar del Mundial de Brasil, le golpearon la mesa y Navas presuntamente habría dicho que perderían tres partidos consecutivos como presión contra el entonces técnico tricolor el colombiano Jorge Luis Pinto.

Según el tribunal, Li no dijo la verdad en el juicio y la versión no quedó acreditada.

Los futbolistas nunca amenazaron

“Los futbolistas nunca amenazaron con perder partidos”, afirmó el juez presidente del tribunal, Raymond Porter.

“Por el contenido, el tribunal llega al convencimiento que Eduardo Li mintió ante un tribunal de la República”, consignó dicho juez.

“La cláusula no existía, una cosa son los borradores, y otra cosa es el contrato donde esa cláusula no existía”, citó.

La querella la interpusieron los seleccionados luego de manifestaciones de Gutiérrez y Román en programas radiales en 2018 alusivas a un presunto boicot contra Pinto.

La sentencia la dictó la tarde de este viernes el tribunal integrado por Porter, Wiciak Chavarría y Laura Chaves Lavagni.

Se absuelve de toda pena y responsabilidad a señores Juan Carlos Román Hernández y Adrián Gutiérrez Arguedas por los delitos de difamación en perjuicio de Keylor Navas Gamboa, Celso Borges Mora y Bryan Ruiz González por existir un error de prohibición en directo”, consignó la resolución.

En cuanto a la acción civil resarcitoria, los jueces estimaron por unanimidad declarar con lugar la demanda formulada por el licenciado Federico Torrealba Navas a favor de los demandantes Keylor Navas Gamboa, Celso Borges Mora, Bryan Ruiz González. En consecuencia, se condena civilmente a los demandados Juan Carlos Román Hernández y Adriań Gutiérrez.

El tribunal condenó a los acusados al pago del daño moral ocasionado, en la suma de 3 millones de colones para cada uno de los actores, para un total de 9 millones de colones que deberán de cancelar de manera solidaria, así como los honorarios de abogados correspondientes a la acción civil resarcitoria, los cuales se fijan en la suma de 1,8 millones de colones.

Los jueces también dispusieron conforme el artículo 152 del Código Procesal Penal ordenar el testimonio de piezas ante el Ministerio Público contra el testigo Eduardo Li Sánchez para que se investigue la posible comisión del delito de falso testimonio.

“El testimonio de Li no es fiable y mintió en temas que él mismo introdujo en este debate”, según el tribunal.