8 exmagistrados se jubilaron con pensiones superiores a ¢7 millones en tres años

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Edgar Fonseca, editor

Un total de 8 exmagistrados de la Corte Suprema de Justicia se jubilaron entre 2017 y 2019 con pensiones superiores a los ¢7 millones, según un reporte del Poder Judicial.

La más alta correspondió a la exmagistrada presidenta de la Corte, Zarela María Villanueva Monge, quien se jubiló, en medio de gran polémica, el 15 de mayo de 2017 con una pensión de ¢9.861.564, 68, detalla el informe de la Junta Administración del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.

Le sigue la del exmagistrado vicepresidente José Manuel Arroyo Gutiérrez, quien se acogió a su jubilación el 1 de enero de 2017, con una pensión de ¢9.605.611,59.

La tercera más alta correspondió a la exmagistrada Carmen María Escoto Fernández, quien se jubiló el 11 de enero de 2019, con una pensión de ¢9.128.666,23

La exmagistrada Doris María de los A Arias Madrigal, quien se jubiló el 30 de julio de 2018, figura con una pensión de ¢8.862.944,85, según dicho informe.

La exmagistrada Eva María Camacho Vargas , jubilada el 1 de abril de 2017, lo hizo con una pensión de ¢8.853.023,06,

En el listado, suministrado ante gestión de Puro Periodismo, aparece el exmagistrado presidente de la Corte, Carlos Alberto Chinchilla Sandí, cuyo monto de pensión ascendió a ¢8.749.421,14, al momento de jubilarse el 16 de julio del 2018.

El exmagistrado Ernesto Ramón Jinesta Lobo se acogió a su jubilación como magistrado presidente de sala el 16 de mayo del 2018 con un monto de ¢7.884.470,38, según los datos oficiales.

De los ocho exmagistrados jubilados, la más baja correspondió a José Paulino Hernández, Gutiérrez, quien se jubiló el 2 de noviembre de 2018 con un monto de pensión de ¢7.260.307,23, menciona el informe.

Reducciones de hasta 50%

Según el reporte oficial, las jubilaciones y pensiones del Poder Judicial, mantienen una serie de deducciones de ley importantes, que disminuyen significativamente la cuantía económica que finalmente perciben los beneficiarios, dichas deducciones se pueden detallar de la siguiente manera:

  • 13.00% Aporte Obrero al FJPPJ
  • 0.50% Comisión de Administración JUNAFO
  • 5.00% Seguro de Enfermedad y Maternidad
  • ¢ 3,000 Fondo de Socorro Mutuo
  • Tabla vigente – Impuesto Sobre la Renta, según los topes definidos por el Ministerio de Hacienda.
  • Tabla vigente – Contribución Solidaria, según los niveles definidos por Ley N°. 9544 y Ley N°. 9796.

Lo anterior, provoca que en términos prácticos, las jubilaciones de todos los exmagistrados enlistados se les aplique el tope máximo de deducciones permitidos por ley, el cual se ubica a partir del mes de julio 2021 en un nivel del 50%, ratificó el informe oficial.

De igual forma –agregó– resulta importante destacar que, a diferencia del régimen del IVM, los jubilados y pensionados del FJPPJ mantienen su contribución mensual a este régimen de forma vitalicia y a esto se suma el porcentaje establecido por contribución solidaria, lo que provoca que en términos netos los niveles se ven seriamente disminuidos.

Este medio consultó sobre cuántos magistrados activos tienen pendiente su trámite de pensión pero se informó que el detalle se conoce cuando se hace efectiva la jubilación.

Los montos de la jubilación no se tienen hasta que la persona ya haya hecho efectivo el retiro es decir hasta que ya sea persona jubilada. No se tienen los cálculos por adelantado, agregó una respuesta oficial el 30 de junio.

De manera respetuosa me permito puntualizar que las pensiones del PJ tienen un tope de 4, 338.000 millones de colones, sobre la base de este monto se deben aplicar las deducciones de ley, el aporte del 13% al régimen, y las contribuciones solidarias impuestas en el reforma  al régimen del Fondo Judicial en el 2018 y la Ley que creó la denominada Contribución Especial Solidaria, que fue un proyecto de ley promovido por la diputada Yorleny León Marchena y es Ley de la República desde el 2019, ( Ley 9796) ya está vigente desde le mes de junio 2020, ratificó Sandra Castro, portavoz oficial del Poder Judicial.