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Paul Rueda crítico magistrado sin visa EE.UU.: “la libertad de prensa tiene un papel vital para la democracia”, dijo en sentencia de Sala IV ante ataques de Chaves al periodismo/Su tensa reelección en 2019

Edgar Fonseca, editor

Reelecto en 2019, para un segundo periodo de ocho años, tras una tensa y dividida votación legislativa, el magistrado Paul Rueda Leal, a quien le fue retirada la visa de EE.UU., se declara defensor de la libertad, la igualdad y la justicia social.

“La libertad de prensa tiene un papel vital para la democracia”, defendió en la resolución, Nº 12085 – 2023, en que la Sala IV sancionó al presidente Rodrigo Chaves y a la exministra de Salud, Joselyn Chacón por duros ataques a medios y periodistas independientes durante una conferencia de prensa el 9 de enero 2023.

Este encontronazo en la jurisdicción constitucional, llevó a un constante cuestionamiento del mandatario a la gestión del magistrado, que culminó el pasado 28 de mayo cuando Chaves alertó la eventual inhibitoria de Rueda en la causa por presunta concusión que se le sigue en Corte Plena y elevada a la Asamblea Legislativa para el eventual retiro de la inmunidad presidencial.

“Hay muchos rumores, muchas cosas. Lo único que yo entiendo, Paul Rueda, el papá de la que no aparece ni investigan … dijo ‘que como el presidente tiene acusada a mi hija, no puedo ser neutral’”, destacó el gobernante en alusión a un mensaje en redes atribuido a una hija del magistrado con supuestas amenazas.

El 1.º de julio, Corte Plena elevó el trámite de retiro de inmunidad a Chaves y el único magistrado que se inhibió fue Rueda, de 59 años, quien es titular de la Sala IV desde 2011, con formación Humboldt, especializado en Derecho Constitucional en Alemania.

En ese decisivo voto lo sustituyó la magistrada suplente Ana María Picado Brenes (suplente) – Sala Constitucional quien junto a: Luis Fernando Salazar Alvarado – Sala Constitucional; Damaris Vargas Vásquez – Sala Primera; Iris Rocío Rojas Morales – Sala Primera; Jorge Olaso Álvarez – Sala Segunda; Roxana Chacón Artavia – Sala Segunda y Gerardo Rubén Alfaro Vargas – Sala Tercera, rechazaron levantar la inmunidad a Chaves.

La gestión, la primera en la historia de un gobernante en ejercicio, fue aprobada por 15 magistrados.

Está pendiente de trámite legislativo, que será presidido por el diputado Rodrigo Arias, a quien también le fue retirada la visa de EE.UU.

La Sala IV comunicó que el magistrado Rueda no se referirá a su caso.

Tensa reelección

“A la Sala, debemos blindarla de la política lo más que se pueda”, lanzó el magistrado Rueda Leal, apenas electo por primera vez como magistrado el 26 de junio de 2011 en una entrevista con La Nación. Ver adjunto.

Ocho años más tarde, el 24 de junio 2019, el Congreso estuvo a punto de no reelegirlo.

Incluso cinco diputados miembros de la Comisión de Nombramientos votaron en contra.

Fue reelecto bajo fuerte presión pública y tras una prolongada sesión que culminó a las 11:18 p.m. de aquella fecha.

De los legisladores presentes, 28 (PLN y PAC ) votaron a favor de su reelección y 23 en contra. El voto fue secreto. Estuvo lejos de los 41 diputados que lo apoyaron al elegirlo por primera vez en 2011.

Pero, también, quedó lejos de la mayoría calificada, 38 votos, que se necesitaba para no reelegirlo.

Evidenció, a la vez, la grieta política que se abría en el respaldo a su figura.

“Yo voy a votar por la reelección de Paul Rueda, no tengo razones para que no le convenga su continuidad. Lo digo abiertamente: estoy convencido que no corresponde cercenar su continuidad, y es como voy a votar, advirtiendo que muchas de las sentencias no comparto yo su determinación. Advierto que no simpatizo con el 100 por ciento de los razonamientos de Paul Rueda”, justificó Carlos Ricardo Benavides, PLN, quien presidía el Congreso.

El entonces presidente de la Corte, Fernando Cruz Castro, se sumó a la controversia y presionó a los diputados a “no convertir la discusión en un enfrentamiento para definir el poder y no la justicia”.

“Planteo esta sugerencia con el mayor respeto para las potestades que ejercen los parlamentarios, sin entrar en las particularidades que rodean la reelección del magistrado Rueda”, alegó Cruz quien fue el primer magistrado en la historia en no ser reelecto cuando 38 diputados votaron en su contra el 15 de noviembre 2012. El 10 de mayo de 2013 , la Sala IV anuló dicha resolución legislativa.

La tensa y dividida reelección de Rueda Leal fue catalogada como un revés para algunos diputados y dirigentes sindicales del sector judicial que le cobraban a Rueda decisivas intervenciones contra privilegios gremiales y su respaldo a la reforma fiscal en el mandato del presidente Carlos Alvarado Q. (2018-2022).

¿Qué fue lo determinante en este resultado?

 — Control ciudadano, respondió Rueda en entrevista con el Semanario Universidad.

En defensa de la libertad de prensa ante ataques de Chaves

“La utilización de un lenguaje irrespetuoso y ofensivo contra los periodistas constituye una lesión a la libertad de prensa. En este sentido, denota pobre accesibilidad a la información pública y falta de capacidad de brindar respuesta a las objeciones ciudadanas”, destacaron los magistrados de la Sala IV en el fallo 12085-2023 en que sancionaron al presidente Chaves y a la exministra Chacón.

“Se consideran medios de ataque o reproche a la libertad de expresión”, enfatizaron.

Los magistrados advirtieron que los funcionarios público se exponen a una crítica más fuerte “de ahí que se deba soportar críticas agudas, irónicas, sarcásticas, entre otras; es decir, el funcionario debe ser más tolerante que el resto de la población cuando de crítica dura se trata”.

Rueda: la libertad de prensa tiene un papel vital para la democracia y no está sometida a ningún límite

Nota del magistrado Rueda Leal.

El texto de esta sentencia sería, desde mi perspectiva, más comprensible con algunas pocas acotaciones.

Enfatizo que los funcionarios públicos, especialmente aquellos de alto rango, actúan en nombre del Estado cuando están en ejercicio de su cargo. En otras palabras, las opiniones que emitan -según las circunstancias y el contexto- no podrán enmarcarse solamente en el ejercicio de la libertad de expresión de un individuo (el funcionario), sino que representan a la vez una postura del Estado frente al administrado. En ese tanto, sus actos, en detrimento de la libertad de prensa, deben valorarse como actos del Estado y no solo de tal individuo.

También es necesario subrayar que este fallo no modifica la jurisprudencia de la Sala. Según se ha explicado en incontables resoluciones, distinto a los ya señalados por la Sala con base en parámetros convencionales (así, artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos). Se puede destacar de este pronunciamiento que reconoce la existencia de un diálogo entre el Estado (a través de sus funcionarios) y la prensa, que debe caracterizarse por el respeto (en especial, por parte del funcionario) y su afán de enriquecer la circulación de información en beneficio de la ciudadanía.

Por último, profundizando en lo anterior, entiendo que la forma “vehemente” en que un funcionario se exprese se refiere a la fuerza, pasión o intensidad de su discurso. La vehemencia, como tal, es neutral en su contenido. Por este motivo, jamás podría interpretarse que la Sala esté avalando agresividad, insultos o lenguaje soez, violento o peyorativo en contra de la prensa; en tal caso, la pasión con que se expresare un servidor se extralimitaría y devendría inconstitucional, salvo los casos de indemnidad parlamentaria.

Rueda Leal es Doctor en Derecho Constitucional por la Universidad Johann Wolfgang Goethe de Francfort del Meno, Alemania.

Fue coordinador de la Maestría en Derecho Constitucional de la Universidad Estatal a Distancia por más de diez años.

También ocupó los cargos de Subdirector de la Escuela Judicial (2000-2002) y Letrado de la Sala Constitucional (2003-2011).

Integró la Junta Directiva del Colegio de Abogados (2002-2003) y de la Comisión Nacional de Rescate de Valores (2004-2005).


“A la Sala, debemos blindarla de la política lo más que se pueda”

“A la Sala, debemos blindarla de la política lo más que se pueda”, advirtió el magistrado Paul Rueda Leal en una entrevista que difundió La Nación el 26 de junio de 2011, recién electo a la Sala Constitucional tras ser letrado en dicho tribunal durante ocho años.

“Siento que el magistrado suplente no debería ser un día magistrado, otro día litigante y otro día magistrado de nuevo”, criticó.

“Uno ha tenido también sus estudios y hay figuras jurídicas en el derecho constitucional alemán que siento que se pueden compartir para ir introduciendo al sistema nacional, como el principio de incompatibilidad, como el principio de autocontención del juez constitucional y el desarrollo del principio de razonabilidad”, compartió cauteloso de su pensamiento jurídico en aquel momento inicial de su función como magistrado.

Evitó en aquel momentos referirse a temas como matrimonio igualitario y fertilización in vitro.



https://www.nacion.com/archivo/nuevo-magistrado-de-sala-iv-las-ideologias-estupidizan-a-la-gente/CCZEHEMVN5D7LGE7QYHMSDGM6Q/story

PAUL RUEDA DESDEÑA LOS MOLDES IDEOLÓGICOS, LOS TÍTULOS Y LAS NOTAS

Nuevo magistrado de Sala IV: ‘Las ideologías estupidizan a la gente’

Dice valorar principios como libertad y justicia social, que van juntos

Aplaude quitar carga a la Sala y critica que magistrados suplentes litiguen

El jueves, de repente, un estudiante llamó a su profesor para avisarle que estaba a punto de cumplírsele la aspiración suya de ser magistrado de la Sala Constitucional, nueve años después de presentarse por primera vez como candidato.

El profesor de Derecho Constitucional Paul Rueda Leal decidió entonces irse a su casa para esperar en familia el momento en que los diputados tenían previsto aprobar su nombramiento como uno de los siete jueces del tribunal más influyente del país.

41 diputados votaron por él. Suficientes para que el letrado de la Sala IV ascienda a silla de magistrado a sus 45 años. Él no siguió la transmisión. Trató de manejar la ansiedad y por eso la primera palabra que dijo a los medios de comunicación fue “serenidad”.

Sentado en una sala modesta, en medio de fotos de su familia y dibujos hechos por su hija de seis años, da su primera entrevista y se define como un alérgico de las ideologías, un cruzado de la independencia de los jueces y simpatizante del recorte de carga de trabajo para la Sala Constitucional.

Tiene a Alemania en la cabeza. Es su punto de comparación para hablar de derecho constitucional. Ahí se doctoró en tiempos de la reunificación, lo que le permitió comprobar los efectos de una sociedad sin libertad, un valor que “solo es posible en un pueblo que goza de justicia social”.

Allá se fue a especializar en derecho constitucional, en 1994, cuando esa especialidad era en Costa Rica casi un experimento. La Sala Constitucional tenía cuatro años de creada cuando el hijo único de Eliette Rueda tomó el avión a Alemania, sostenido por el idioma aprendido en el colegio Humbolt y por una condición que lo ha acompañado toda su vida de estudiante: ser becado.

Allá se graduó con honores, aunque minimiza el valor de las notas y diplomas: “Yo creo en lo que la gente produce. Los títulos son solo referencias de lo que la gente puede hacer. No creo mucho en eso”.

Tampoco cree en las ideologías porque, según dijo, “estupidizan a las personas”. 

“Lenin decía que si la ideología no se acomoda a la realidad, peor para la realidad, pero ese no es el tema. La teoría debe adaptarse a la realidad. Fijarse nortes ideológicos es contraproducente para el desarrollo de cualquier país”, dijo este abogado de casi 1,90 de estatura, con anteojos de estudioso, zapatos negros y opacos de media bota.

Para él, basta con tener valores básicos. Por eso insiste en la libertad, la igualdad y la justicia social. Un juez, además, debe alejarse todo lo que se pueda de una ideología y hasta autoexaminar cada cierto tiempo sus propios prejuicios.

En Dios sí cree. Es católico y va a misa con alguna regularidad, pero en 50 minutos de conversación no se le escapó ninguna expresión religiosa. Vivió con su mujer solo después de casarse y tuvo a su hija Paula cinco años después. 

“¿Como debe ser?”, se le preguntó con algo de trampa, pero él contestó con toda calma. “Yo no digo que como se debe; cada quien tiene su forma de vivir la vida. Está en su libre albedrío”, dijo cauteloso. 

“¿Apoya las uniones civiles homosexuales?” Él fue cauto: “Eso sería adelantar criterio de un tema que podría llegar a estar en mis manos como magistrado”.

Diputada Vanessa Castro dice que le quitaron la visa por supuesto nexo con el Partido Comunista Chino

Edgar Fonseca, editor

La diputada Vanessa Castro, vicepresidenta del Congreso, reveló este jueves en el plenario legislativo que la embajada de EE.UU. justificó el retiro de su visa por su supuesta conexión con el partido comunista de China.

“Con todo respeto, doña Pilar, yo digo, ¿el presidente Chaves va a tener influencia con Trump? Pero trato de imaginarme a Trump pensando: ‘Mirá, voy a quitarle la visa a Vanessa Castro, porque es una amenaza para Estados Unidos’. Es absurdo, absurdo totalmente, pensarlo de esa manera”, dijo Castro del PUSC en el Congreso.

A ella le fue comunicado el retiro de la visa el 1.º de abril.

Ayer trascendió que igual le fue retirada al presidente de la Asamblea Legislativa, Rodrigo Arias, enfrascado en un fuerte enfrentamiento con el presidente Rodrigo Chaves, y al magistrado Paul Rueda Leal, cuestionado en su gestión por el mandatario.

Todos me conocen

Castro dijo que tras recibir la notificación de cancelación de visa, fue a la embajada a preguntar.

Entonces le comunicaron de información que recibieron de sus supuesta relación con el partido comunista de China.

“Todos me conocen. Tengo una vida bastante pública”, destacó Castro.

“¿Ustedes se imaginan que yo tenga relación con el Partido Comunista Chino? Cuando trabajé por el TLC (Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana, aprobado en el 2007), manejé la creación del convenio de patrullaje conjunto con Estados Unidos, cuando fui diputada por primera vez (1998-2002)”, aseveró.

Rodrigo Arias se queda sin visa EE.UU./Hace un mes llamó “autócrata y dictador” a Chaves/También la pierde crítico magistrado Paul Rueda

Edgar Fonseca, editor

EE.UU. retiró la visa al presidente del Congreso, Rodrigo Arias, enfrascado en un duro enfrentamiento con el presidente Rodrigo Chaves a quien tildó, hace menos de un mes, de “autócrata” y “dictador”, por atacar al Tribunal Supremo de Elecciones.

La decisión estadounidense trasciende a las puertas de un proceso legislativo de levantamiento de inmunidad presidencial a Chaves, que dirigirá Arias, ante pedido de la Corte Suprema de Justicia en un caso de presunta concusión.

También le retiraron la visa al crítico magistrado Paul Rueda Leal, trascendió ayer miércoles.

Arias extrañado

Arias se mostró extrañado por la medida norteamericana en su caso.

“La decisión adoptada el día de hoy me genera una profunda extrañeza, dado que no conozco de alguna razón objetiva que la amerite, siendo que toda mi vida he tenido una relación amigable y respetuosa con los Estados Unidos”, reaccionó el jerarca del Congreso, quien mantiene un abierto enfrentamiento con el presidente Rodrigo Chaves por el rumbo autoritario y de choque entre poderes de su gobierno.

“A las 14:59 horas recibí en mi correo personal la notificación, por parte de la Embajada de los Estados Unidos en San José, donde se notifica que el gobierno estadounidense revoca mi visa de turista para el ingreso a ese país”, confirmó.

Tras un fuerte ataque de Chaves al Tribunal Supremo de Elecciones, el pasado 26 de junio, Arias dijo que el mandatario “habló y actuó como un verdadero autócrata, por no decir que habló como un dictador”.

Ve “incomprensibles” las razones de la decisión de retirarle la visa.

Chaves calificó “vergonzoso” que Arias no pueda viajar a EE.UU.

“Habrá que preguntarle a don Rodrigo por qué le quitaron la visa, a mí no. Yo me acabo de enterar”, dijo Chaves a las 2:35 p.m. media hora antes que Arias diese a conocer la medida.

“De primera reacción, me parece sumamente vergonzoso que Costa Rica tenga a un presidente del Congreso, Rodrigo Arias Sánchez, y a una vicepresidenta del Congreso, Vanessa de Paul Castro, sin poder ir a Estados Unidos”, enfatizó el gobernante.

Magistrado Rueda

En el caso del magistrado Rueda lo confirmó esta tarde la Sala Constitucional.

Ante las consultas de prensa sobre el retiro de la visa del magistrado Paul Rueda Leal, la Sala Constitucional confirma que ya fue notificado por las autoridades correspondientes, citó una comunicación oficial.

La Sala no emitirá declaraciones ni se referirá a este asunto, añadieron.

En cuanto al caso del magistrado Jorge Araya García, él no tiene visa norteamericana, mencionó el mensaje oficial.


Fiscalía abre pesquisa a diputado Gilberth Jiménez por supuesto contacto con abogado vinculado a exmagistrado Gamboa

Edgar Fonseca, editor

La Fiscalía confirmó que abrió investigación al diputado Gilberth Jiménez, presidente de la Comisión de Narcotráfico y Seguridad de la Asamblea Legislativa, por un presunto contacto con un abogado de apellido Corrales vinculado al exmagistrado Celso Gamboa, requerido en extradición por EE.UU., bajo supuesto cargo de narcotráfico internacional.

El fiscal general solicitó al OIJ que iniciara una investigación por esos hechos. El posible delito, de existir, se definirá posteriormente, confirmó una fuente oficial esta mañana de miércoles.

La investigación surgió luego que el sitio Portavoz informó el lunes del supuesto encuentro del diputado con la esposa de Corrales en el restaurante Hacienda Salitrillos, Aserrí.

Jiménez, a consultas del referido sitio, alegó que el encuentro fue una casualidad como parte de varias visitas en la zona.

Añadió que ha visto al abogado Corrales en cinco o seis ocasiones, en comidas o cenas y donde ha habido más personas.

Según dicho medio, un informe del OIJ vincula a Gamboa y al abogado Corrales como asesores legales de imputados en el denominado caso Turesky en que autoridades judiciales investigan a una red sospechosa de tráfico internacional de drogas.

El exmagistrado y ministro de Seguridad, Gamboa, fue detenido el lunes 23 de junio a petición urgente de la embajada de EE.UU. en una de las primeras gestiones de extradición de nacionales, al amparo del reciente reforma artículo 32 de la Constitución Política que la autoriza en casos de narco y terrorismo.

Al exjerarca, según las autoridades norteamericanas, le siguen causa en una corte de Texas.

Por el mismo caso fue detenido un exconvicto de apellido López, alias Pecho de Rata, con operaciones y negocios en Limón.

Un informe de la Drug Enforcement Administration (DEA), parte de la gestión de extradición, revela supuesto acceso desde el gobierno a operaciones de narcotráfico internacional.

“El señor GAMBOA SÁNCHEZ les dijo a CS-1 y CS-2 que el gobierno concede a la DTO el acceso para que los cargamentos de cocaína ingresen al país, pero que la DTO controla cómo se introduce la cocaína a Costa Rica, así mismo, les dijo a CS-1 y a CS-2 que la recepción de la cocaína está 100 % garantizada”, cita el extracto del informe de la DEA en dicho caso divulgado por distintos medios nacionales entre ellos La Nación y CR Hoy.

Fui Director de Inteligencia en Costa Rica y Ministro de Seguridad y Control de Drogas”, ratificó el exmagistrado ante informantes confidenciales DEA, según dicha versión.

El gobierno no ha desmentido esa versión.

Sala IV acoge recursos de amparo, sanciona y advierte a ICE y Banco Popular por retiro de pauta publicitaria de los Chinaokes/Magistrados ven censura indirecta o velada desde el gobierno

Edgar Fonseca, editor

La Sala IV acogió dos recursos de amparo interpuestos a raíz del retiro de la pauta publicitaria del ICE y del Banco Popular, en diciembre anterior, del segmento los Chinaokes del programa de fin de año El Chinamo, Teletica canal 7, que ironizaron sobre la inseguridad y la salud en el país.

Los magistrados ven censura indirecta o velada desde el gobierno con el abrupto retiro de la pauta ordenado por la jerarquía de ambas entidades.

La Sala Constitucional ordenó a Leda María Acevedo Zúñiga, gerente de Telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad, a Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, presidente de la Junta Directiva Nacional y a Gina Melissa Carvajal Vega, gerente general, últimos dos del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, o a quienes en su lugar ejerzan esos cargos, que se abstengan de incurrir en el futuro en actos iguales o similares a los que dieron base para la estimatoria del recurso.

Además, los magistrados condenaron al Instituto Costarricense de Electricidad y al Banco Popular y de Desarrollo Comunal al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

La resolución de la que solo trascendió el “por tanto” destaca una defensa irrestricta a la libertad de expresión y sostuvo que en ambas entidades existió una decisión expresa, comunicada oficialmente de imponer consecuencias vinculadas con el pago de espacios publicitarios, debido al contenido de una sección del programa televisivo.

Uno de los recursos fue presentado por la televisora y el otro por un adulto mayor.

Adjunto comunicado Sala IV

Sala Constitucional protege la libertad de expresión y declara con lugar recursos de amparo relacionados con los Chinaokes

La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas declaró con lugar los recursos de amparo acumulados en el expediente 24-35822-0007-CO, presentados contra el Instituto Costarricense de Electricidad y contra el Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

En el caso del expediente 24-035832-0007-CO, la persona recurrente señala que es abogado y que acude a favor delprograma “El Chinamo” producido por Televisora de Costa Rica y en defensa del derecho a la libre expresión. Se alega que las instituciones públicas Banco Popular e Instituto Costarricense de Electricidad habrían vulnerado sus derechos fundamentales al retirarle la pauta publicitaria al programa a raíz de la emisión de los “Chinaokes”.

En cuanto al expediente 24-035833-0007-CO (acumulado al 24-035832-0007-CO), quien recurre a la Sala Constitucional se identifica como un adulto mayor que acude en defensa propia, expresando su apoyo al programa “El Chinamo” y denunciando la decisión de los representantes del ICE y del Banco Popular de retirar la pauta publicitaria al programa. Argumenta que esta acción vulnera el derecho fundamental a la libertad de expresión.

En los recursos acumulados se alega que, desde hace cerca de 24 años, Teletica transmite por televisión nacional elprograma “El Chinamo”. El programa cuenta con la sección “El Chinaoke”, de parodia, sátira y comedia. En él, se utiliza la melodía de canciones preexistentes, a las que se les altera la letra original para introducir contenido de crítica política y social. Se examinaron concretamente tres videos musicales: “En el EBAIS”, transmitido el 13 de diciembre, “¿Será que hoy me van a asaltar?”, transmitido el 16 de diciembre y “No tengo plata” del 19 de diciembre.

La marca comercial Kölbi, propiedad del Instituto Costarricense de Electricidad, emitió el 19 de diciembre de 2024 un comunicado de prensa y, posteriormente, el 20 de diciembre de 2024, el Banco Popular y de Desarrollo Comunal publicó otro comunicado en los que se hace saber que ambos entes públicos adoptaron decisiones vinculadas con su pauta publicitaria y la transmisión de la sección “El Chinaoke”.

En el caso del Instituto Costarricense de Electricidad y su marca Kölbi, el ente autónomo informó a través de Leda Acevedo, gerente de Telecomunicaciones del ICE, que los valores de la marca kölbi no concuerdan con contenidos expuestos en programa televisivo El Chinamo, puntualmente en la sección El Chinaoke, por lo que kölbi decidió desligarse del programa El Chinamo y analizará la permanencia de su pauta en Teletica Canal 7.

Mientras que en el caso del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, en el comunicado oficial se expresó que el presidente de la Junta Directiva Nacional del Banco, Jorge Eduardo Sánchez, ha enfatizado que su marca – que es propiedad de nuestros clientes y de las personas trabajadoras de Costa Rica – no puede verse expuesta a ser relacionada con imágenes inapropiadas o que incluso pudiesen fomentar conductas ajenas a la moral y el orden público. Que lamentan el debate público generado a partir de algunos contenidos emitidos en la sección “El Chinaoke” del programa “El Chinamo”, que se transmite por parte de Teletica Canal 7 y adoptaron las acciones pertinentes para garantizar que sus participaciones se propicien siempre dentro de espacios que tienen como prioridad permanente los valores del sano entretenimiento. Se explicó que mantendrían únicamente el patrocinio de la sección “El Aguinaldazo”.

Es decir, que en el caso de ambas entidades existió una decisión expresa, comunicada oficialmente de imponer consecuencias vinculadas con el pago de espacios publicitarios, debido al contenido de una sección del programa televisivo.

En su decisión, la Sala Constitucional destacó la función medular de la libertad de expresión en un régimen republicano y democrático, requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática, de acuerdo con la ConstituciónPolítica (artículos 28 y 29), los instrumentos de Derecho Internacional de Derechos Humanos (artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos), reiterados pronunciamientos de la propia Sala y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Se recordó que en la sentencia No. 2022-025167 se puso de manifiesto que la libertad de expresión se caracteriza por ser un derecho con una doble dimensión: una dimensión individual, consistente en el derecho de cada persona a buscar información y expresar los propios pensamientos, ideas e informaciones; y una dimensión colectiva o social, consistente en el derecho de la sociedad a procurar y recibir cualquier información, a conocer los pensamientos, ideas e informacionesajenos y a estar bien informada.

En palabras de la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (2009): “(…) se trata de uno de los derechos individuales que de manera más clara refleja la virtud que acompaña -y caracteriza- a los seres humanos: la virtud única y preciosa de pensar al mundo desde nuestra propia perspectiva y de comunicarnos con los otros para construir a través de un proceso deliberativo, no solo el modelo de vida que cada uno tiene derecho a adoptar, sino el modelo de sociedad en el cual queremos vivir. Todo el potencial creativo en el arte, en la ciencia, en la tecnología, en la política, en fin, toda nuestra capacidad creadora individual y colectiva, depende,fundamentalmente, de que se respete y promueva el derecho a la libertad de expresión en todas sus dimensiones. Se trata entonces de un derecho individual sin el cual se estaría negando la primera y más importante de nuestras libertades: el derecho a pensar por cuenta propia y a compartir con otros nuestro pensamiento (…)”

Igualmente se tuvo en consideración el papel de la sátira política como una de las formas más antiguas de manifestación dela libertad de expresión, que en un país como el nuestro, donde existe la libertad de pensamiento y de expresión, sus habitantes tienen el derecho de criticar al poder público, a través de distintas formas, echando mano de la gran plasticidad propia de la libertad de expresión, incluida la sátira.

Finalmente, se analizó la pauta pública y su impacto sobre la libertad de expresión, como una forma de censura indirecta o velada, como un sistema de premio o castigo para dirigir la opinión pública y condicionar el libre ejercicio de la libertad de expresión.

La magistrada Garro Vargas declaró con lugar el recurso por sus propias razones.

El magistrado Rueda Leal concuerda con la mayoría en el razonamiento anterior con respecto al amparo 24-035833-0007-CO. Sin embargo, en lo concerniente al expediente 24-035822-0007-CO, como fue interpuesto a favor de una persona jurídica, pero no de un ser humano en concreto, lo rechaza de plano por razones admisibilidad en aplicación de la OpiniónConsultiva de la Corte IDH 22-16, como ya lo ha hecho en casos similares (sentencias nros. 2025008972, 2025008177, 2025006800, 2025005161, 2025002907, 2024037326).

La sentencia integral de este expediente está en redacción. Una vez que ese proceso concluya y se notifique a las partes, laresolución será publicada en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus, de modo tal que toda persona interesada pueda leerla.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles.

Número de expediente:24-35833-0007-CO y 24-35822-0007-CO
Número de resolución:2025-21235
Fecha de la votación:08 de julio de 2022
Por tanto:“Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Leda María Acevedo Zúñiga, gerente de Telecomunicaciones del Instituto Costarricense de Electricidad, a Jorge Eduardo Sánchez Sibaja, presidente de la Junta Directiva Nacional y a Gina Melissa Carvajal Vega, gerente general, últimos dos del Banco Popular y de Desarrollo Comunal, o a quienes en su lugar ejerzan esos cargos, que se abstengan de incurrir en el futuro en actos iguales o similares a los que dieron base para la estimatoria de este recurso. Se condena al Instituto Costarricense de Electricidad y al Banco Popular y de Desarrollo Comunal al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. El magistrado Cruz Castro consigna nota. El magistrado Rueda Leal salva parcialmente el voto solo en relación con el expedientenro. 24-035822-0007-CO, que lo rechaza de plano por razones de admisibilidad. La magistrada Garro Vargas consigna razones diferentes.”
Conformación          del Tribunal:Magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Fernando Cruz Castro, Paul Rueda Leal, Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya  García, Anamari  Garro  Vargas  e  Ingrid  Hess  Herrera(instructora).