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Fiscalía: dos testigos identifican a sospechoso de matar a mexicana en playa Carmen

Edgar Fonseca, editor

Un individuo de apellido Sancho fue capturado por el OIJ como sospechoso del asesinato de la turista mexicana María Trinidad Matus Tenorio, de 25 años, perpetrado el domingo anterior de madrugada en playa Carmen, Cóbano, Puntarenas, confirmó el Ministerio Público.

Dos testigos, al parecer, lo reconocieron como supuestamente involucrado en el hecho, cita un informe judicial.

La Fiscalía de Cóbano confirmó que ayer, en horas de la mañana, ordenó la detención de un hombre a quien le atribuye el homicidio de  Matus Tenorio, joven viajera y cantante rockera, cuyo cuerpo apareció en la orilla de la playa Carmen, la madrugada del domingo anterior, ratificó el  informe oficial.

Se trata –añadieron– del imputado de apellido Sancho, de 44 años y aprehendido en vía pública, en el centro de Cóbano.

La Fiscalía ordenó ayer que fuera valorado en la Unidad Médico Legal, en Puntarenas, para que se analizaran algunas lesiones que el sospechoso presenta en el cuerpo. También se realizaron reconocimientos físicos de Sancho, que resultaron positivos por parte de dos testigos, confirmó la Fiscalía.

El imputado quedó a la orden del Juzgado Penal de la zona. No se ha definido la hora de la audiencia de medidas cautelares, en la cual se solicitará la prisión preventiva contra Sancho, consignó la versión de la Fiscalía.

Keylor: “para atrás, ni el impulso”

Edgar Fonseca, editor/Foto Instagram Keylor Navas

Ha comenzado oficialmente la disputa por el arco merengue. La llegada de Thibaut Courtois al Real Madrid ha agitado el entorno de comodidad en el que se había asentado Keylor Navas durante los últimos tres años, y parece que la contienda por la meta del cuadro blanco será encarnizada, destaca el sitio As.com de Madrid.

Sin embargo, parece que Keylor no se ha quedado de brazos cruzados, y ha respondido de manera indirecta a través de su Instagram, dejando ver que protegerá su puesto a toda costa. “Para atrás ni para coger impulso. Excelente día de trabajo!”, escribió.

Ver As.com, Madrid

 

 

Otros turistas españoles se salvan de milagro tras asalto en Rincón de la Vieja

Edgar Fonseca, editor

Una pareja de turistas españoles y su hijo, se salvaron de milagro este mediodía tras ser asaltados por al menos tres individuos mientras caminaban por el sendero Santa Maria del Parque Rincón de la Vieja, Guanacaste, informó Seguridad Pública.

El ataque ocurre menos de una semana después de que la turista española, Arantxa Gutiérrez de 31 años, fue muerta en un asalto mientras hacía ejercicios matinales en la playa de Barra de Tortuguero, Limón.

Igualmente el sábado fue muerta la turista mexicana María Mathus en playa Carmen, Cóbano, Puntarenas, tras ser asaltada a eso de las 3 a.m. mientras caminaba por la playa junto a una amiga inglesa.

Nuevo golpe

El asalto en el sector del Rincón de la Vieja se dio a mediodía.

Los visitantes fueron sorprendidos por al menos tres individuos encapuchados que los amenázame con un cuchillo y los despojaron de todas sus pertenencias, celulares, documentos y otros que llevaban.

La rápida actuación de la Fuerza Pública y la Policía Turística de Guanacaste, junto con personal del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) del Minae permitió detener, esta tarde, a dos de los sospechosos del asalto, confirmó Seguridad Pública.

Los españoles salieron ilesos del incidente.

 Sorprendidos en sendero

Según el reporte policial, a las 11:30 a.m varios turistas que caminaban por uno de los senderos del Parque Nacional Rincón de la Vieja fueron asaltados por al menos tres sujetos con armas blancas.

Las víctimas una pareja y su hijo dijeron que los sujetos los amenazaron con un arma blanca, la cual también le fue decomisada a los detenidos, añadió el informe oficial.

La alerta ingresó a Fuerza Pública hasta la 1:30 de esta tarde, por lo que de inmediato fue desplazado recurso policial al sitio de los hechos mediante el Grupo de Apoyo Operacional de la Fuerza Pública de Guanacaste, así como de la Policía Turística.

Cerca de las 4 p.m, las autoridades capturaron en las inmediaciones a dos sujetos que portaban las pertenencias de los extranjeros, tales como teléfonos celulares, binoculares, dinero en efectivo, maletines y ropa.

Los dos sospechosos son de apellido Díaz, ambos vecinos del cantón de Upala, frontera norte, quienes van a ser remitidos al Ministerio Público junto con las evidencias del asalto.

Las autoridades del Ministerio de Seguridad Pública, así como del SINAC, continúan realizando un operativo de búsqueda del tercer sospechoso, se informó.

Fiscal Navas secuestra información de computadoras de magistrados y exmagistrados

Edgar Fonseca, editor

La Fiscalía General de la República realizó este jueves por la mañana “un secuestro de información del equipo de cómputo” de los exmagistrados  Carlos Chinchilla, expresidente de la Corte Suprema de Justicia, Doris Arias, recién jubilada, Jesús Ramírez, suspendido por dos meses de su cargo, y de la también magistrada suplente María Elena Gómez, igualmente sancionada.

Las diligencia la dirigió la Fiscal General Emilia Navas deséelas 8:30 a.m.

Está vinculada a investigaciones que desarrolla la Fiscalía contra dichas personas sobre la desestimación de una causa que acogieron contra los exdiputados Otto Guevara, Libertario, y Víctor Morales Zapata, Independiente, mientras integraban la Sala III Penal. La causa desestimada está vinculada al denominado escándalo del cementazo.

La diligencia se realizó de manera conjunta con la Sección de Delitos Informáticos del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) y el objetivo es respaldar datos informáticos para incorporar al expediente 17-000017-033-PE, relacionado con la desestimación aprobada por la Sala Tercera a favor de dos exdiputados, a quienes se les vinculaba con el caso mediáticamente conocido como “cemento chino”, ratificó un informe del Ministerio Público.

En el secuestro de información participó la fiscala general Navas Aparicio, por tratarse de asuntos que involucran a una persona con inmunidad, confirmó la versión oficial.

Decomiso y análisis

La información que logre respaldarse de las computadoras será decomisada y analizada por el OIJ La policía judicial presentará un informe a la Fiscalía General, agregaron las fuentes judiciales.

Por este caso, la Corte Plena investigó y suspendió por dos meses sin goce de salario al entonces magistrado Chinchilla, a Arias, a Ramírez y a Gómez.

La suspensión la decidió bajo fuerte presión pública luego que había decido en una sesión anterior solo amonestarlos por escrito.

Horas antes de ser suspendido, el entonces presidente de la Corte, magistrado Chinchilla, presentó sorpresivamente su gestión de pensión que le fue aprobada en ¢4 millones.

La también entonces magistrada Arias, apeló ante un juzgado contencioso que decidió, en un término de tres horas, dejar sin efecto la suspensión en su caso y en el de la magistrada suplente Gómez. Esa decisión fue rechazada por el tribunal de lo contencioso.

Ramírez cumple la suspensión.

La investigación interna de Corte Plena estuvo a cargo del magistrado Román Solís quien calificó de “falta grave” lo actuado por los entonces magistrados de la Sala III.

“Se está ante un error grave e injustificado en la administración de la justicia por parte de los magistrados de la Sala Tercera… omitir profundizar en ese informe de llamadas como elemento probatorio de peso, al menos realizar un ejercicio intelectual base para descartar su importancia y no simplemente referenciarlo (con base en las consideraciones del Ministerio Publico), es lo que se cataloga en este acto como un error grave e injustificado por parte de los investigados”, advirtió el magistrado Solís en el informe que remitió a Corte Plena.

El miércoles 11 de julio, Corte Plena, dividida, rechazó suspender a los cuatro magistrados y en su lugar dictó una amonestación por escrito.

El lunes 16 de julio, en medio de la creciente censura pública, los magistrados revirtieron la decisión y los suspendieron.

Horas antes, el entonces magistrado Chinchilla gestionó su jubilación.

 

 

Fallo de Sala IV desinfla expectativas de uniones gay inmediatas

Edgar Fonseca, editor

El fallo de la Sala IV que extiende, por 18 meses, la prohibición del matrimonio de parejas del mismo sexo, cayó como un balde de agua fría sobre los sectores  LGBTI que esperaban vigencia inmediata para formalizar sus uniones.

El fallo dejó vigente por 18 meses el inciso 6 del artículo 14 del Código de Familia que prohibe expresamente las uniones del mismo sexo hasta que la Asamblea Legislativa adecue la normativa, conforme los extremos de la opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Los magistrados Fernando Cruz Castro y Nancy Hernández López propugnaron por anular de inmediato la prohibición.

Castro y Hernández se adhirieron “al voto únicamente en cuanto al plazo, para que haya voto de toda conformidad pues consideran que, como necesaria consecuencia de esta declaratoria, corresponde anular de inmediato el impedimento contenido en el inciso 6 artículo 14 del Código de Familia y debe entenderse, que las parejas del mismo sexo tienen a partir de este momento un derecho de acceso -en igualdad de consideraciones- a la figura jurídica del matrimonio civil y a todas sus regulaciones legales así como a igual protección de la ley, todo de conformidad con lo establecido en la opinión consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y lo dispuesto en los artículos 28, 33 y 48 de la Constitución Política”, cita el fallo.

Duras críticas

“18 meses para adecuar el marco jurídico de conformidad con la sentencia”, esto es, “para dar acceso al matrimonio”; de lo contario la norma queda nula. Ese plazo y la remisión a la Asamblea Legislativa no tienen sentido. El voto de Hernández y Cruz es el correcto”, sostuvo en Twitter el abogado Francisco Chacón, ex jefe de campaña del PLN.

“Lo bueno: habrá matrimonio igualitario. Lo malo: hay que esperar 18 meses. Lo feo: la pendejada de la Sala IV”, enfatizó.

“Entendamos lo que ha pasado: con su decisión, un grupo de magistrados pretende aumentar el poder de los sectores más retrógrados del Congreso, dándoles más monedas de cambio. Pero los Derechos Humanos no son monedas de cambio”, reaccionó el exministro de Educación, Leonardo Garnier.

Tras el anuncio de la Sala IV, el Presidente de la República, Carlos Alvarado, ratificó su compromiso con la igualdad plena de derechos.

“Como corresponde en un Estado de Derecho, el Poder Ejecutivo respeta lo resuelto por la Sala Constitucional. Confiamos en que el respeto pleno a los derechos humanos y al Estado de derecho prevalecerá, ya sea que la Asamblea Legislativa reconozca el matrimonio igualitario en el término de 18 meses, o en su defecto, una vez que la norma actual pierda vigencia finalizado el plazo”, agregó Alvarado.

“De nuestra parte seguiremos impulsando acciones que garanticen la no discriminación de ninguna persona por su orientación sexual o identidad de género, y la protección del Estado a todas las familias en condiciones de igualdad”, sostuvo el gobernante.

“Don Carlos: lo que queremos no es que su compromiso “se mantenga intacto” sino que se cumpla. Solo al cumplirse dejará de ser un compromiso para convertirse en una realidad. Eso queremos”, insistió el exministro Garnier.

“En la Sala ni triunfaron los derechos humanos, ni triunfó la justicia, triunfó la homofobia. Eso quedó claro anoche”, lamentó el abogado gay Pablo Ureña.

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CONTROVERSIAL FALLO DE LA SALA CONSTITUCIONAL SOBRE MATRIMONIOS Y UNIONES DE HECHO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO *

Por Sentencia N°2018-12782 de las 17:45 hrs. del 08 de agosto, la Sala Constitucional resolvió la acción de inconstitucionalidad número 15-13971-0007-CO contra el inciso 6) del artículo 14 del Código de Familia indicando: “Por mayoría se declaran con lugar las acciones planteadas por los accionantes Castillo Rojas, Elizondo Arias y Flores-Estrada Pimentel. Conforme al criterio de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de que “226. No obstante lo expuesto, esta Corte no puede ignorar que es posible que algunos Estados deban vencer dificultades institucionales para adecuar su legislación interna y extender el derecho de acceso a la institución matrimonial a las personas del mismo sexo, en especial cuando median formas rígidas de reforma legislativa, susceptibles de imponer un trámite no exento de dificultades políticas y de pasos que requieren cierto tiempo. Dado que estas reformas son fruto de una evolución jurídica, judicial o legislativa, que va abarcando otras zonas geográficas del continente y se recoge como interpretación progresiva de la Convención, se insta a esos Estados a que impulsen realmente y de buena fe las reformas legislativas, administrativas y judiciales necesarias para adecuar sus ordenamientos, interpretaciones y prácticas internos” (opinión consultiva OC-24/17), y vista la potestad que ostenta la Sala de graduar y dimensionar los efectos de sus sentencias de constitucionalidad (ordinal 91 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional), se insta a la Asamblea Legislativa, en el uso de su función legislativa constitucionalmente asignada, a que en el plazo de 18 meses, contado a partir de la publicación íntegra de este pronunciamiento en el Boletín Judicial, adecue el marco jurídico nacional con la finalidad de regular los alcances y efectos derivados de las relaciones de pareja entre personas del mismo sexo, en los términos expuestos en esta sentencia. En consecuencia, se mantiene la vigencia del inciso 6 del numeral 14 del Código de Familia hasta por el citado plazo de 18 meses. Los magistrados Cruz Castro y Hernández López se adhieren al voto únicamente en cuanto al plazo, para que haya voto de toda conformidad pues consideran que, como necesaria consecuencia de esta declaratoria, corresponde anular de inmediato el impedimento contenido en el inciso 6 artículo 14 del Código de Familia y debe entenderse, que las parejas del mismo sexo tienen a partir de este momento un derecho de acceso -en igualdad de consideraciones- a la figura jurídica del matrimonio civil y a todas sus regulaciones legales así como a igual protección de la ley, todo de conformidad con lo establecido en la opinión consultiva OC-24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y lo dispuesto en los artículos 28, 33 y 48 de la Constitución Política. Los magistrados Salazar Alvarado y Hernández Gutiérrez declaran con lugar la acción por razones diferentes e instan a la Asamblea Legislativa, en el uso de su función legislativa constitucionalmente asignada, a adecuar el marco jurídico con la finalidad de regular los alcances y efectos derivados del vínculo entre parejas del mismo sexo, en los términos expuestos en esta sentencia. Se acepta la coadyuvancia pasiva planteada por Jorge Fisher Aragón el 7 de abril de 2016, y se rechazan las demás coadyuvancias interpuestas este año por extemporáneas. Los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal, Hernández Gutiérrez y Esquivel Rodríguez ponen notas. El magistrado Castillo Víquez salva el voto en todos sus extremos y declara sin lugar las acciones incoadas. Se declara inadmisible la acción acumulada a este expediente planteada por el actor Castrillo Fernández al no haber invocado, de manera específica, en el asunto base la inconstitucionalidad de la norma objeto de esta acción. La magistrada Hernández López salva el voto y admite la acción de inconstitucionalidad planteada por Castrillo Fernández, número 15-017075-0007-CO, y la declara con lugar por entender que es inconstitucional y nula toda la normativa penal que establezca delitos (entre estos los artículos 176 y 179) aplicables a los notarios o a personas, tratándose de la materia referida en esta sentencia. Igualmente, por conexidad, declara inconstitucionales todas las directrices administrativas y normativa infralegal que vaya en contra de la aplicación de la Opinión Consultiva OC 24/17 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo cual incluye el acuerdo del Consejo Superior Notarial 2018-002-024. Publíquese este pronunciamiento íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese a las partes y la Asamblea Legislativa.”

Para esta acción la Sala estuvo integrada por los Magistrados Castillo Víquez, quien preside, Cruz Castro, Rueda Leal, Hernández López, Salazar Alvarado, Hernández Gutiérrez y Esquivel Rodríguez.

Asimismo, por Sentencia N°2018-12783 de las 23:00 hrs. del 08 de agosto, la Sala resolvió la acción de inconstitucionalidad número 13-13032-0007-CO contra los artículos 242 del Código de Familia y 4 inciso m) de la Ley de la Persona Joven indicando: “Por mayoría se declara con lugar la acción y, en consecuencia, se insta a la Asamblea Legislativa, en el uso de su función legislativa constitucionalmente asignada, a adecuar el marco jurídico nacional con la finalidad de regular los alcances y efectos derivados de las uniones de hecho entre parejas del mismo sexo, en los términos expuestos en esta sentencia. Los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal y Esquivel Rodríguez declaran con lugar la acción en los mismos términos que establecieron en la sentencia N° 2018-012782 de las 17:45 horas del 8 de agosto de 2018. Los magistrados Salazar Alvarado, Araya García y Hernández Gutiérrez declaran con lugar la acción por razones diferentes. El magistrado Cruz Castro da razones adicionales. Los magistrados Rueda Leal, Hernández Gutiérrez y Esquivel Rodríguez ponen notas. El magistrado Castillo Víquez salva el voto en todos sus extremos y declara sin lugar la acción incoada. Publíquese este pronunciamiento íntegramente en el Boletín Judicial y reséñese en el Diario Oficial La Gaceta. Notifíquese a las partes y la Asamblea Legislativa.”

La integración de los Magistrados para esta acción fue: Castillo Víquez, quien preside, Cruz Castro, Rueda Leal, Salazar Alvarado, Hernández Gutiérrez, Esquivel Rodríguez y Araya García.

Fuente: Corte Suprema de Justicia