Edgar Fonseca, editor
Medida provisional para evitar parálisis
Sala IV amplía nombramiento de magistrados suplentes ante bloqueo gobiernista
-Acoge recurso y ordena a Asamblea resolver sobre nómina rechazada por oficialismo
Adjunto comunicado oficial
La Sala Constitucional garante de la dignidad, los derechos fundamentales y la libertad de las
personas declaró con lugar el recurso de amparo 26-13498-0007-CO, interpuesto contra la
Asamblea Legislativa. El recurrente alegó que la falta de nombramiento de las magistraturas
suplentes de la Sala Constitucional, a quienes se les venció el periodo el 16 de diciembre de 2025,
vulnera su derecho de acceso a la justicia constitucional al impedir la integración del Tribunal para resolver varios expedientes, en los que figura como amparado y hay inhibitorias de magistraturas
propietarias.
En la sentencia 2026-13498 por mayoría conformada por los magistrados Cruz Castro, Rueda Leal
(magistrado ponente), Araya García y la magistrada Hess Herrera se declara con lugar el recurso.
En consecuencia, se deja sin efecto todo acuerdo tomado por la Asamblea Legislativa para devolver
la nómina de candidatos a magistrados y magistradas suplentes de la Sala Constitucional y solicitar
una nueva nómina a la Corte Suprema de Justicia.
Asimismo, se ordena a Yara Jiménez Fallas, en su condición de presidenta de la Asamblea
Legislativa, o a quien ejerza ese cargo, que coordine lo pertinente y disponga lo correspondiente
dentro del ámbito de sus competencias para que la nómina de candidatos para magistrados y
magistradas suplentes de la Sala Constitucional sea conocida por el Plenario en la próxima
oportunidad posible, respetando los parámetros establecidos en la resolución.
Como medida transitoria de integración con miras a evitar la paralización del órgano y solo en los
casos más urgentes e indispensables, como sucede cuando las magistraturas propietarias
legalmente están imposibilitadas de votar asuntos en la Sala Constitucional por encontrarse
incapacitadas o inhabilitadas, se prorrogan provisionalmente los mandatos de las magistraturas
suplentes de esta Cámara que vencieron el 16 de diciembre de 2025, mientras la Asamblea
Legislativa no elija a las nueve magistraturas suplentes de este Tribunal que corresponden a la
nómina remitida por la Corte Plena el 15 de octubre de 2025.
Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven
de fundamento a esta declaratoria, los que se liquidarán en sentencia de lo contencioso-administrativo. El magistrado Cruz Castro da razones adicionales.
Los magistrados Castillo Víquez, Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas, por sus propias
razones, salvan el voto y declaran sin lugar el recurso en todos sus extremos. El magistrado Salazar consigna nota.
Fuente: Prensa Sala Constitucional





