Edgar Fonseca, editor
La Corte Suprema de Justicia revocó este lunes el nombramiento del Lic. Randall Zúñiga, como director del Organismo de Investigación Judicial, a quien se le isgue causa penal por supuestosdeliros sexuales denunciados por mujeres.
La decisión de Corte Plena fue por supuesta “falta gravísima” en el desempeño del cargo.
Zúñiga, quien permanecía suspendido desde el 29 de octubre de 2025, rechaza los cargos y los atribuye a una campaña en su contra con fines políticos desde la Casa Presidencial.
La decisión se fundamenta en la investigación realizada por la Inspección Judicial dentro del expediente disciplinario N°25-4302-031-DI, relacionada con la desatención de los deberes inherentes al cargo, específicamente por la afectación a la imagen del Poder Judicial y la divulgación de información confidencia, confirmó el Poder Judicial.
Zúñiga fungía en el cargo desde el 28 de agosto 2023 cuando fue designado por la Corte.
Testimonio de presuntas víctimas será clave en caso de director OIJ/No se depende tanto de prueba biológica, según exjuez y penalista Ewald Acuña
Nov 3, 2025

Edgar Fonseca, editor/Foto Zoom PuroPeriodismo
La integridad y consistencia de la prueba testimonial de las presuntas víctimas en el caso de las denuncias de supuestos delitos sexuales contra el director del OIJ, Lic. Randall Zúñiga, será fundamental en el proceso, estimó el exjuez y penalista, Lic. Ewald Acuña.
No se depende tanto de la prueba biológica, respondió dicho jurista cuando se le planteó que uno de los alegados hechos habría ocurrido en enero 2025 en Corredores, zona sur, y la denuncia fue interpuesta hasta el 24 de octubre.
Así lo expuso Acuña, con 29 años de trayectoria pública y privada, en una amplia entrevista concedida a este editor, vía Zoom Facebook Live, difundida por PuroPeriodismo el 3 de noviembre 2025, en el análisis preliminar de las implicaciones penales y administrativas del caso.
Testimonios de víctimas serán fundamentales
En este tipo de casos, salvo delitos de violación donde medie gran violencia, la prueba testimonial se vuelve relevante, destacó.
En general, dijo, la denuncias de violaciones toman su tiempo en ser presentadas, en particular por los efectos estigmatizantes o de culpa de las víctimas y, por ello, sus testimonio adquiere particular relevancia. El relato de la persona denunciante es fundamental, insistió.
El delito de violación, amplió, no protege la integridad de la víctima sino su libertad sexual. Entonces resulta fundamental su declaración y la credibilidad que la autoridad judicial le pueda otorgar.
Es el elemento más importante de la investigación, ratificó.
Los casos serán acumulados en una sola causa, porque lo permite el Código Procesal Penal, pero tratados independientemente.
Son casos individuales, puntualizó.
No se habla de un delito de violación en serie, de un mismo modus operandi, un mismo perfil de víctima o de aprovechamiento de circunstancias, ni de una conducta patológica reiterada.
En uno de los casos, amplió, hay una relación de pareja estable y, en ese contexto, ocurren supuestas ofensas a la dignidad de la víctima y actuaciones de carácter sexual que vulneran la libertad sexual de las personas.





