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“Hemos dado la lucha por mantener a la Contraloría en el lugar que se merece, con las competencias constitucionales que tiene”, destaca Contralora General tras fallo de Sala IV que entierra “ley jaguar”

Edgar Fonseca, editor/Foto You Tube Asamblea Legislativa

“Hemos dado la lucha por mantener a la Contraloría en el lugar que se merece, con las competencias constitucionales que tiene”, destacó hoy la contralora general, Marta Acosta, tras el fallo de la Sala IV que declaró inconstitucional la versión #2 de la “ley jaguar” con la que el presidente Rodrigo Chaves, vía referéndum, pretendía eliminar funciones del ente contralor.

Asó lo resaltó tras una comparecencia en la Comisión de Asuntos Hacendarios de la Asamblea Legislativa pra abordar el Presupuesto 2025.

Calificó como una experiencia “nunca vivida antes” la que enfrentó en los últimos meses la institución en medio de los ataques y cuestionamientos de Chaves y demás en el sector gobierno.

“Nos sentimos satisfechos” remarcó.

“Creo que hoy más que nunca la ciudadanía conoce la Contraloría”, resaltó.

“Eso es algo que hemos ganado”, puntualizó.

La Sala IV declaró inconstitucional en dos fallos, 29 de julio y 1.° de octubre, la pretensión del mandatario de modificar y quitar atribuciones al órgano contralor.

Esta iniciativa se convirtió en un eslabón clave del gobernante para el segundo periodo de su mandato.

La lanzó ante el pleno del Congreso en su mensaje del dos de mayo y desde un inicio enfrentó intensa resistencia política de la mayoría de fracciones.

Consultas elevadas ante la Sala Constitucional y los fallos derivaron en el descarrilamiento del plan.

Diputados de distintas fracciones llamaron a Chaves a pasar la página de este episodio y dedicarse a gobernar ante los problemas más urgentes.


Sala IV enterró versión #2 de la “ley jaguar”/Mayor revés constitucional en plan clave de Chaves

Oct 2, 2024

Edgar Fonseca, editor

En nuevo mayor revés constitucional para el presidente Rodrigo Chaves, la Sala IV enterró ayer la versión #2 de la “ley jaguar” con la que el mandatario pretendía eliminar funciones de la Contraloría General de la República, vía referéndum.

Los magistrados hallaron vicios vicios de inconstitucionalidad en cuanto a la reforma de la Ley Orgánica de la Contraloría; la reforma a la Ley General de Contratación Pública y a la Ley Orgánica de Japdeva.

Este es el segundo fallo de la Sala IV que declara inconstitucional la pretensión del mandatario.

El primero lo dictaron el 29 de julio.

Al día siguiente, Chaves presento la segunda versión “químicamente pura” para superar el tamiz constitucional, según dijo.

El plan del referéndum lo anunció Chaves el dos de mayo en la Asamblea Legislativa como eslabón clave de la segunda parte de su mandato.

Inconstitucional

Ajunto comunicado oficial de la Sala Constitucional

La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas evacuó las
consultas de constitucionalidad presentadas por el Tribunal Supremo de Elecciones y la Contraloría
General de la República al Proyecto de Ley N° 24.467 “Ley Jaguar para el impulso del desarrollo
de Costa Rica”.

Ambas consultas facultativas versaban sobre los artículos 2, 4 y 5 del proyecto y acumuladas bajo
el expediente 24-021741-0007-CO.

  1. El artículo 2 del proyecto de ley propone la reforma del artículo 12 de la Ley General de la
    Contraloría General de la República. Aducen los consultantes que la reforma planteada
    afecta el ejercicio de las competencias de control y fiscalización de la Contraloría General
    de la República.
  2. El artículo 4 del proyecto de ley, propone la modificación del artículo 67 de la Ley General
    de Contratación Pública. Plantean los consultantes que la reforma propuesta permite la
    contratación de diseño y construcción de obra pública sin los controles de fiscalización
    propios de la contratación pública, como dispone el artículo 182 de la Constitución Política.
  3. El artículo 5 del proyecto de ley, plantea la reforma del artículo 5 bis de la Ley Orgánica
    de JAPDEVA. Los consultantes aducen que la reforma que se propone, permite la
    realización de alianzas estratégicas aun tratándose de infraestructura, lo cual resulta
    contrario al artículo 182 de la Constitución Política.
    Los magistrados encontraron vicios de inconstitucionalidad:

Se evacua esta consulta facultativa de constitucionalidad, sobre el proyecto de ley 24.467,
denominado “Ley Jaguar para el impulso del desarrollo de Costa Rica”, es inconstitucional, en el
siguiente sentido:

Primero.- Por unanimidad, se admite la consulta de constitucionalidad presentada por el Tribunal
Supremo de Elecciones.
Por mayoría, se admite la consulta de constitucionalidad de la Contraloría General de la República,
acumulada a la primera. El magistrado Rueda Leal da razones particulares.
Los magistrados Castillo Víquez y Salazar Alvarado y la magistrada Alvarado Paniagua salvan el
voto y reiteran la inevacuabilidad de la consulta formulada por la Contraloría General de la
República, tal y como lo suscribieron en la resolución N° 2024-25125 de las 9:20 horas del 30 de
agosto de 2024, dictada en el expediente judicial N° 24-22441-0007-CO.

Segundo.- Por mayoría, se declara que no hay un vicio de inconstitucionalidad en el artículo 2 del
proyecto de ley, que reforma el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República. El magistrado Castillo Víquez consigna razones adicionales.

El magistrado Rueda Leal emite voto particular y evacua este extremo de la consulta, en el sentido
de que el artículo 2 del proyecto de ley 24.467, que propone la modificación al primer párrafo del
artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, es constitucional, siempre
que se interprete que se mantienen incólumes las potestades de control y fiscalización de la
Contraloría General de la República y las competencias derivadas de los numerales 183 y 184 de la
Constitución Política. El magistrado Araya García y las magistradas Hess Herrera y Alvarado
Paniagua salvan el voto y disponen que el artículo consultado es inconstitucional.

Tercero.- Por unanimidad, se declara que hay un vicio de inconstitucionalidad en el artículo 4 del
proyecto de ley, que reforma el artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública.
El magistrado Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas consignan sus propias razones.

Cuarto.- Por unanimidad, se declara que hay un vicio de inconstitucionalidad en el artículo 5 del
proyecto de ley, que modifica el artículo 5 bis de la Ley Orgánica de JAPDEVA.

El magistrado Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas consignan sus propias razones.

Notifíquese al Tribunal Supremo de Elecciones, a la contralora y al subcontralor General de la
República y al presidente de la Asamblea Legislativa. Comuníquese.

La sentencia integral de este expediente está en redacción. Una vez que dicho proceso concluya y
se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus,
para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.

A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles.

Número de expediente: 24-021741-0007-CO

Número de resolución: 2024-28774

Fecha de la votación: 01 de octubre de 2024

Conformación del Tribunal:

Magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal,
Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García (instructor),
Anamari Garro Vargas e Ingrid Hess Herrera y la magistrada suplente
Alexandra Alvarado Paniagua.

Consulta legislativa constitucionalidad:

La Ley de la Jurisdicción Constitucional prevé la opinión consultiva previa sobre los proyectos
legislativos y de referéndum. Los supuestos en los que puede plantearse este tipo de consultas están
previstos por el artículo 96 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, y entre estos se encuentra
la que puede llevar a cabo el Tribunal Supremo de Elecciones, con respecto a iniciativas de
referéndum en cualquiera de sus modalidades (artículo 96 inciso d) de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional). Este instrumento permite plantear dudas con respecto a la constitucionalidad de
un proyecto de ley o iniciativa de referéndum, cuando se considere que estos pueden resultar
contrarios a la Constitución Política, ya sea por su contenido o porque en el procedimiento seguido
para su tramitación se irrespetó la normativa respectiva o los principios que rigen el derecho
parlamentario.

Fuente: Prensa Sala Constitucional

¡Saltos de ballenatos!/Casi al cierre temporada de avistamiento en Parque Nacional Marino Bahía Ballena

Edgar Fonseca, editor/Foto Fernando Guerrero Chavarría

La temporada de avistamiento de ballenas jorobadas en el Parque Nacional Marino Bahía Ballena, Uvita, Osa, zona sur, se acerca a su fin.

Pero sigue viva la posibilidad de ser parte del show de ballenas y ballenatos que se aproximan desde julio a las cálidas aguas del Pacífico sur.

Esta mañana de martes el guía naturalista particular, Fernando Guerrero Chavarría, captó a las 9:10 uno de estos espectaculares saltos.

“Cada vez que tengo la suerte de algún salto de ballena o están interactuando de alguna manera saco algunas fotografías”, contó Guerrero.

Ratificó que la temporada despega en julio y se extiende hasta noviembre pero con menos opciones de avistamientos.

La temporada termina este fin de mes pero aún persiste algunos días de Noviembre, precisó.

Crianza y reproducción

“La migración es un evento que ocurre todos los años”, aseveró el biólogo marino José David Palacios Alfaro, investigador asociado del instituto conservacionista Panacetacea.

“Las ballenas jorobadas en este caso, cuando llega el invierno en las zonas de alimentación viajan hacia zonas tropicales con fines de crianza y reproducción”, explicó.

“La temperatura superficial del mar en las aguas costeras en Osa, es idonea para este fin donde se mantiene entre los 27 a 29°C”, remarcó.

“La plataforma continental es extensa comparadacon otras zonas del país. En estas aguas costeras, poco profundas y con bahías, golfos protegidos son idóneos para el desarrollo de las crías que nacen durante cada temporada”, enfatizó.

“El área de crianza de la población que se alimenta en el Hemisferio Norte, se extiende desde el sur de México hasta Panamá”, dijo.

“Mientras que la que se alimenta en Península Antártica el área de crianza va desde el norte de Perú hasta el sur de Nicaragua”, añadió.

Copa Centroamericana Concacaf/¡Hazaña!, celebran en Guatemala tras eliminar Antigua a la S

PuroPeriodismo/Prensa Libre, Ciudad de Guatemala

Tumban al Monstruo Morado! Antigua GFC completa hazaña al golear y eliminar a Saprissa, destaca Prensa Libre de Ciudad Guatemala.

Una noche para no olvidar es la que vivió el conjunto del Antigua GFC este martes 1 de octubre ya que consiguió eliminar al Deportivo Saprissa de Costa Rica de la Copa Centroamericana de la Concacaf y así conseguir su clasificación a las semifinales del torneo y también un boleto a la próxima Copa de Campeones 2025.

Fue un partido redondo para el conjunto panza verde que dirige el técnico Javier López, un doblete de Santiago Gómez y otro tanto de Dewinder Bradley le bastó para realizar la gesta de tumbar a uno de los candidatos al título en su propia casa, el estadio Ricardo Saprissa.

Vital fue el empate sin goles que Antigua logró en el encuentro de ida en donde Saprissa contó con hasta dos penaltis que no logró capitalizar, ya que un tempranero gol de Gómez obligó al cuadro tico a adelantar líneas y eso dio la oportunidad al conjunto guatemalteco a contar con opciones vía contragolpes.

La historia era como se esperaba, con Saprissa presionando la salida de Antigua y atacando con varios hombres, pero el guion de la película cambió para los costarricenses cuando primero Luis Morán evitó el gol de Gino Vivi y luego, al minuto 5, Santiago Gómez aprovechó un error defensivo para vencer a placer al portero Esteban Alvarado y hacer el 0-1.

PuroPeriodismo/Prensa Libre, Ciudad de Guatemala

Sala IV enterró versión #2 de la “ley jaguar”/Mayor revés constitucional en plan clave de Chaves

Edgar Fonseca, editor

En nuevo mayor revés constitucional para el presidente Rodrigo Chaves, la Sala IV enterró ayer la versión #2 de la “ley jaguar” con la que el mandatario pretendía eliminar funciones de la Contraloría General de la República, vía referéndum.

Los magistrados hallaron vicios vicios de inconstitucionalidad en cuanto a la reforma de la Ley Orgánica de la Contraloría; la reforma a la Ley General de Contratación Pública y a la Ley Orgánica de Japdeva.

Este es el segundo fallo de la Sala IV que declara inconstitucional la pretensión del mandatario.

El primero lo dictaron el 29 de julio.

Al día siguiente, Chaves presento la segunda versión “químicamente pura” para superar el tamiz constitucional, según dijo.

El plan del referéndum lo anunció Chaves el dos de mayo en la Asamblea Legislativa como eslabón clave de la segunda parte de su mandato.

Inconstitucional

Ajunto comunicado oficial de la Sala Constitucional

La Sala Constitucional, garante de la dignidad, los derechos y la libertad de las personas evacuó las
consultas de constitucionalidad presentadas por el Tribunal Supremo de Elecciones y la Contraloría
General de la República al Proyecto de Ley N° 24.467 “Ley Jaguar para el impulso del desarrollo
de Costa Rica”.


Ambas consultas facultativas versaban sobre los artículos 2, 4 y 5 del proyecto y acumuladas bajo
el expediente 24-021741-0007-CO.

  1. El artículo 2 del proyecto de ley propone la reforma del artículo 12 de la Ley General de la
    Contraloría General de la República. Aducen los consultantes que la reforma planteada
    afecta el ejercicio de las competencias de control y fiscalización de la Contraloría General
    de la República.
  2. El artículo 4 del proyecto de ley, propone la modificación del artículo 67 de la Ley General
    de Contratación Pública. Plantean los consultantes que la reforma propuesta permite la
    contratación de diseño y construcción de obra pública sin los controles de fiscalización
    propios de la contratación pública, como dispone el artículo 182 de la Constitución Política.
  3. El artículo 5 del proyecto de ley, plantea la reforma del artículo 5 bis de la Ley Orgánica
    de JAPDEVA. Los consultantes aducen que la reforma que se propone, permite la
    realización de alianzas estratégicas aun tratándose de infraestructura, lo cual resulta
    contrario al artículo 182 de la Constitución Política.
    Los magistrados encontraron vicios de inconstitucionalidad:

Se evacua esta consulta facultativa de constitucionalidad, sobre el proyecto de ley 24.467,
denominado “Ley Jaguar para el impulso del desarrollo de Costa Rica”, es inconstitucional, en el
siguiente sentido:


Primero.- Por unanimidad, se admite la consulta de constitucionalidad presentada por el Tribunal
Supremo de Elecciones.
Por mayoría, se admite la consulta de constitucionalidad de la Contraloría General de la República,
acumulada a la primera. El magistrado Rueda Leal da razones particulares.
Los magistrados Castillo Víquez y Salazar Alvarado y la magistrada Alvarado Paniagua salvan el
voto y reiteran la inevacuabilidad de la consulta formulada por la Contraloría General de la
República, tal y como lo suscribieron en la resolución N° 2024-25125 de las 9:20 horas del 30 de
agosto de 2024, dictada en el expediente judicial N° 24-22441-0007-CO.


Segundo.- Por mayoría, se declara que no hay un vicio de inconstitucionalidad en el artículo 2 del
proyecto de ley, que reforma el artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República. El magistrado Castillo Víquez consigna razones adicionales.


El magistrado Rueda Leal emite voto particular y evacua este extremo de la consulta, en el sentido
de que el artículo 2 del proyecto de ley 24.467, que propone la modificación al primer párrafo del
artículo 12 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, es constitucional, siempre
que se interprete que se mantienen incólumes las potestades de control y fiscalización de la
Contraloría General de la República y las competencias derivadas de los numerales 183 y 184 de la
Constitución Política. El magistrado Araya García y las magistradas Hess Herrera y Alvarado
Paniagua salvan el voto y disponen que el artículo consultado es inconstitucional.


Tercero.- Por unanimidad, se declara que hay un vicio de inconstitucionalidad en el artículo 4 del
proyecto de ley, que reforma el artículo 67 de la Ley General de Contratación Pública.
El magistrado Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas consignan sus propias razones.

Cuarto.- Por unanimidad, se declara que hay un vicio de inconstitucionalidad en el artículo 5 del
proyecto de ley, que modifica el artículo 5 bis de la Ley Orgánica de JAPDEVA.


El magistrado Salazar Alvarado y la magistrada Garro Vargas consignan sus propias razones.

Notifíquese al Tribunal Supremo de Elecciones, a la contralora y al subcontralor General de la
República y al presidente de la Asamblea Legislativa. Comuníquese.


La sentencia integral de este expediente está en redacción. Una vez que dicho proceso concluya y
se notifique a las partes, se procederá a publicarla en el sitio electrónico del Poder Judicial, Nexus,
para que cualquier persona interesada puede acceder a ella.


A continuación, se detallan los aspectos más relevantes disponibles.


Número de expediente: 24-021741-0007-CO


Número de resolución: 2024-28774


Fecha de la votación: 01 de octubre de 2024


Conformación del Tribunal:

Magistrados: Fernando Castillo Víquez (presidente), Paul Rueda Leal,
Luis Fernando Salazar Alvarado, Jorge Araya García (instructor),
Anamari Garro Vargas e Ingrid Hess Herrera y la magistrada suplente
Alexandra Alvarado Paniagua.

Consulta legislativa constitucionalidad:


La Ley de la Jurisdicción Constitucional prevé la opinión consultiva previa sobre los proyectos
legislativos y de referéndum. Los supuestos en los que puede plantearse este tipo de consultas están
previstos por el artículo 96 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, y entre estos se encuentra
la que puede llevar a cabo el Tribunal Supremo de Elecciones, con respecto a iniciativas de
referéndum en cualquiera de sus modalidades (artículo 96 inciso d) de la Ley de la Jurisdicción
Constitucional). Este instrumento permite plantear dudas con respecto a la constitucionalidad de
un proyecto de ley o iniciativa de referéndum, cuando se considere que estos pueden resultar
contrarios a la Constitución Política, ya sea por su contenido o porque en el procedimiento seguido
para su tramitación se irrespetó la normativa respectiva o los principios que rigen el derecho
parlamentario.

Fuente: Prensa Sala Constitucional

Fiscal General califica de “incendiario y populista” ataque de Chaves a la Fiscalía por caso “Barrenador”/Analizan si discursos infringen ley/Diputados denunciaron presunta sedición

Edgar Fonseca, editor

El fiscal general, Carlo Díaz, calificó ayer de “incendiario y populista” el ataque del presidente Rodrigo Chaves a la Fiscalía tras los 28 allanamientos y las ocho detenciones, entre ellas de la presidenta ejecutiva de la CCSS, Marta Esquivel Rodríguez, en el denominado caso “Barrenador”.

La Fiscalía investiga un presunto caso de sobreprecio por ¢12.400 millones anuales con 10 contratos entre cinco cooperativas y una asociación médica para operar 138 Ebáis por 10 años.

Díaz confirmó que un equipo de fiscales analiza si el mandatario infringe la ley con sus manifestaciones.

Diputados denunciaron que el mensaje de Chaves, el miércoles anterior, conlleva presunto delito de sedición.

“Para mí, es un completo irrespeto el hecho que se señale que nuestras acciones obedecen a matices políticos u otro tipos de interés”, advirtió el fiscal Diaz al salir de una comparecencia legislativa a la que acudió en defensa del presupuesto del Poder Judicial.

“Nosotros actuamos con base en las denuncias”, añadió.

“En este caso, por denuncias de la Contraloría General de la República y de la Auditoría”, ratificó.

“Definitivamente, no nos ha movido ningún interés político y mucho menos el de perjudicar al Gobierno”, remarcó Diaz en sus primeras manifestaciones luego de haber regresado al país tras haber participado en un encuentro internacional de la Drug Enforcement Administration (DEA) en Atenas, Grecia, la semana anterior.

“En ese sentido, yo sí exijo un respeto a la Fiscalía General de la República”, sentenció.

Investigación de discursos

Amplió que un equipo de fiscales analiza los discursos de Chaves para determinar si infringen la Constitución y la ley.

“Eso está en estudio”, afirmó.

Específicamente, los fiscales analizan las fuertes manifestaciones de Chaves el miércoles anterior cuando atacó a la Fiscalía y al Poder Judicial por los 28 allanamientos y las ocho detenciones, entre ellas de la presidenta ejecutiva CSSS.

Están pendientes que el Juzgado Penal de Hacienda resuelva una petición de medidas cautelares por parte de la Fiscalía.

Contra la jerarca CCSS y cuatro directivos piden se les suspenda durante 6 meses del cargo, impedimento de salida del país, entrega de pasaporte, no acercarse a los 11 testigos del caso.

“Hay un grupo de fiscales analizando esos discursos a ver si corresponde aperturar una causa en ese sentido”, ratificó Díaz, blanco de los ataques del presidente Chaves.

“Estén listos, porque Dios no quiera que llegue el momento en que tengamos que actuar”, advirtió Chaves durante la conferencia de prensa del 25 de setiembre.

“Yo y mi gabinete estamos dando la cara y vamos a poner el pecho. ¿Qué va a hacer usted, compatriota? ¿No ve lo que está pasando? Yo estoy seguro que sí, y ahí les dejo la bolita picando en el punto de penal”, remarcó el gobernante rodeado de su gabinete, presidente ejecutivos y diputados gobiernistas.

Los diputados Eli Feinzaig, PLP, y Gloria Navas, Independiente, denunciaron presunta sedición en dicho mensaje.

“Decirle a los ciudadanos que estén listos, que en los países civilizados estas cosas se resuelven en las urnas, pero que no sabe si lleguemos a los comicios en paz y que tal vez haya que hacer una movilización social antes, es un llamado a la sedición”, censuró Feinzaig.

“Está la manera mediática hacer escándalos, rumores, decir que yo soy un sedicioso como dicen algunos idiotas en el Congreso. Eso no tiene nada que ver con sedición. Ni siquiera entienden qué es eso”, reaccionó Chaves ayer lunes durante un acto en Puntarenas.

El ataque de Chaves

En total hay 16 investigados por el caso, según la Fiscalía.

El lunes 23 de setiembre fiscales y agentes OIJ ejecutaron 28 allanamientos, en 17 residencias y 11 oficinas que llevaron al arresto de ocho personas, entre ellas Esquivel de la CCS, quien se presentó ante el OIJ de Pérez Zeledón, quedó detenida y fue traída en vehículo policial a San José.

La licitación bajo investigación, ya vigente, otorgó los contratos, nueve de los cuales están en firme y uno apelado, por un monto de ¢471 mil millones durante 10 años.

El presidente vio un ataque al gobierno en la acción judicial y cuestionó la labor de la Fiscalía y del fiscal general, Díaz, quien se encontraba en Atenas, Grecia.

Así lo resaltó Chaves durante la conferencia de prensa semanal del pasado miércoles 25.

“Es la Fiscalía matoneando”, dijo Chaves

“A ni no me queda la menor duda que lo que hizo la Fiscalía fue un show amedrentando a doña Marta”, criticó. 

“Es la Fiscalía matoneando, metiendo miedo y amenazando”, aseguró.

“¿Qué sigue don Carlo?, ¿Allanar mi casa?, ¿Allanar mi casa don Carlo?, ¿Allanar a los ministros?”, cuestionó el mandatario que enfrenta el mayor escándalo de su gestión en el manejo de fondos públicos y el peor en dos décadas.

Temerario, respondió Fiscal General

“Rechazamos categóricamente las manifestaciones temerarias que afirman que detuvimos para investigar”, respondió el Fiscal General.

“Defenderé la independencia del Ministerio Público de cualquier injerencia que pretenda debilitarnos y que las personas que integran esta institución actuarán con decisión, valentía y fortaleza, apegadas a la legalidad, con absoluto respeto de las decisiones de los jueces y en defensa de los derechos de toda la ciudadanía, sin distingo alguno y sin dejarnos amedrentar por nadie”, enfatizó Díaz.

Fiscalía y OIJ alegan que la licitación fue otorgada con un sobreprecio de 33% en contra de criterios técnicos institucionales en sesión extraordinaria el sábado 6 de julio.

“Se presume que los imputados anularon el procedimiento de compra que estaba listo para ser publicado y en su lugar instruyeron uno nuevo en el cual habrían ejercido control y, prevaleciéndose de sus cargos, influyeron sobre otros funcionarios para modificar el pliego de condiciones de acuerdo con los intereses de las cooperativas”, acusó la Fiscalía.