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Alvarado no cede a demanda de $10 millones de atacantes cibernéticos/Denuncia desestabilización

Edgar Fonseca, editor

El presidente Carlos Alvarado descartó este mediodía ceder a la demanda de “pago de un rescate” de $10 millones que se atribuye al Conti Group, organización cibercriminal internacional vinculada al hackeo de plataformas tributarias del Ministerio de Hacienda lo que ha provocado un colapso en los servicios de trámites aduaneros desde el lunes.

“El Estado costarricense no pagará nada a estos criminales cibernéticos”, advirtió el gobernante en un video divulgado por Casa Presidencial.

El grupo, al que autoridades de EE.UU. atribuyen más de 1.000 ataques en dicha nación y en otros países, habría exigido inicialmente $10 millones por el rescate de los “archivos secuestrados” de Hacienda.

Jorge Mora, Director de Gobernanza Digital del Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt), dijo hoy a los medios que el grupo habría rebajado el monto del rescate a $6,5 millones.

“Se acaba de publicar un descuento que este grupo hace al Gobierno de 35% de los $10 millones”, sostuvo Mora. 

Ve desestabilización

“Mi criterio es que este ataque no es un tema de dinero sino que busca amenazar la estabilidad del país en una coyuntura de transición”, denunció el mandatario.

“Esto no lo lograrán”, sentenció.

“Debemos poner este hecho en contexto. No es solo un ataque a las instituciones afectadas, al Gobierno o a importadores y exportadores, es un ciberataque de carácter criminal al Estado y a todo el país”, amplió.

“Tampoco se puede desligar de la compleja situación geopolítica mundial en un mundo digitalizado”, añadió Alvarado.

“Como siempre lo hemos hecho, cada persona de esta tierra pondrá de su parte para defender a Costa Rica”, sostuvo.

“Como presidente, que ya ha enfrentado circunstancias muy difíciles y que no habían sido experimentadas antes por el país, les aseguro que la situación está siendo atendida por el Gobierno con seriedad, atención y empeño”, respondió ante reclamos de distintos sectores por la tardanza del gobierno en reaccionar a la amenaza cibernética.


Parálisis de plataformas tributarias supera 72 horas/Atacan sistemas en Ministerio de Trabajo

La parálisis de los servicios de la plataformas tributarias debido a una acción de hackeo ejecutada por un misterioso grupo desde el lunes, llevó a la Dirección General de Aduanas a adoptar una serie de medidas para agilizar la atención de importaciones y exportaciones

El anuncio del plan de medidas de contigencia se dio en medio de fuertes reclamos del sector empresarial debido al colapso de los servicios aduaneros en fronteras, puertos y aeropuertos.

  • Atacan sistemas en Ministerio de Trabajoel gobierno informó la mañana de este jueves de un “incidente informático” en el Ministerio de TrabajoEl caso es atendido por personeros de esa dependencia y del Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).

Colapso en trámites aduaneros

La Cámara de Industrias denunció que está bloqueada la importación de mercaderías por lo que demandó medidas extraordinarias al gobierno para enfrentar la emergencia. 

Las empresas están siendo afectadas por la inhabilitación del sistema aduanero TICA, lo que ha significado la paralización del comercio internacional desde el lunes. Existe un colapso en fronteras, puertos y aeropuertos por la falta de claridad para aplicar el procedimiento, ratificó el ente empresarial industrial en un tuit.

Reclamaron que Hacienda debe habilitar de manera urgente un plan de contingencia para las importaciones, que actualmente no se permiten, así como mejorar los procedimientos para que las operaciones de comercio internacional se puedan realizar de forma manual.

Reacción

Aduanas anunció, entre otras medidas, la suspensión de los plazos de abandono de mercadería y autorización a depositarios aduaneros de descarga de mercancías. (Texto adjunto)

Pese a la emergencia, Jorge Mora, director de Gobernanza Digital del Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) dijo ayer que la seguridad cibernética del país “está bajo control”.

Mora aseguró que la organización que supuestamente está detrás de esto es Conti Group, basado en publicaciones en la dark web.

“No se ha identificado una nota específica de rescate, pero en dark web se han mencionado $10 millones”, sostuvo en conferencia de prensa en Casa Presidencial.

Otros ataques

El gobierno confirmó que aparte del hackeo de las plataformas de Hacienda, también se dieron acciones contra sistemas en el MICITT, IMN y RACSA aunque de menor severidad.

Dichos ataques apuntaron a servidores de correos electrónicos.

La CCSS también confirmó ayer un ataque a plataformas del área de Recursos Humanos, que, dijeron, fue neutralizado.

El  Conti Group, al que autoridades de EE.UU. le atribuyen más de 1.000 ataques en instancias públicas y privadas en dicho país y en otras naciones, al parecer exige el pago de un “rescate” de $10 millones por los archivos secuestrados.

El ministro de Hacienda, Elián Villegas, rechazó acceder a dicha demanda y la calificó de ilegal.

Villegas denunció los ataques cibernéticos ante la Fiscalía de Fraudes.

“Estamos ante una situación de crimen organizado transnacional que amerita una posición firme. No estamos dispuestos a ninguna extorsión o pago de recompensa. Actuamos para tranquilizar al país y restablecer los servicios institucionales”, aseveró la ministra de la Presidencia Geannina Dinarte durante la rueda de prensa.

Especial PuroPeriodismo: Informe CISA, EE.UU.

Plan de contingencia

Ante los hechos comunicados por el Ministerio de Hacienda el día 18 de abril del 2022, que se encuentran afectando los sistemas informáticos en el Ministerio de Hacienda y que inciden en el normal desarrollo de los procedimientos establecidos para el ingreso, salida, tránsito y nacionalización de mercancías, la Dirección General de conformidad con los artículos 133 del CAUCA IV, 638 del RECAUCA IV, 4 y 168 de la Ley General de Aduanas se emiten las siguientes medidas de contingencia:

  1. Suspensión de plazo de abandono de mercancías. A partir del 18 de abril de 2022 y hasta la fecha en que esta Dirección General comunique dejar sin efecto la presente medida, se suspenden los plazos de abandono, conforme a lo siguiente:
  2. Mercancías en puerto aduanero: el plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de finalización de la descarga del buque o aeronave y de las mercancías que se encuentran en zona portuaria, que no se ha solicitado su destinación aduanera y para aquellas ingresadas vía terrestre.
  • Una vez reestablecidos los sistemas informáticos, deberá ajustarse los plazos citados conforme al periodo de suspensión aquí dispuesto.
  • Para el caso de la descarga de las unidades de transporte, se autoriza a los depositarios aduaneros a que realicen la descarga de las mercancías, salvo que la Autoridad Aduanera, determine y comunique lo contrario.
  • Para mercancías que ingresen de forma consolidada, el Depositario Aduanero realizará la desconsolidación, en sus instalaciones, con base en la información suministrada (BL hijos) por el Consolidador de Carga.
  • Para los casos de declaraciones de reexportación, dado que son tramitadas en el régimen de tránsito y contra inventario en depósito aduanero o manifiesto de carga, entiéndase que aplica lo indicado enel punto 2 del Comunicado DGA-013-2022, para estos casos.
  • Para los DUCA-T en exportación se actualiza lo ya indicado en los comunicados anteriores, para que en lo sucesivo se siga este procedimiento:
  1. El declarante elabora la declaración de exportación, utilizando su propio sistema informático, numerándola con el siguiente formato: código de aduana-código del auxiliar declarante- consecutivo propio por declarante, la firma digitalmente en formato PDF. El declarante genera el DUCAT a partir de este número generado por ellos mismos, sin necesidad que la Aduana le asigne numeración.
    1. El transportista presenta a la Aduana un original y una copia de la DUCAT con su númerogenerado por SIECA, carta de porte, manifiesto de carga, factura comercial e impresión de ladeclaración de exportación.
    2. La aduana a lo interno numera en módulos de exportación y lleva el control de cada exportaciónautorizada y procede en el portal de la SIECA a autorizar la DUCA- T para que continúe, se firma también por parte del funcionario de la Aduana la DUCA -F en los casos que se solicita.
  • Para el ingreso de mercancías vía terrestre: se procede de conformidad con lo indicado en elnumeral 4 del COMUNICADO-DGA-010-2022.
  • Para la importación definitiva con preferencia arancelaria al amparo de una DUCA F emitida duranteel período de contingencia podrá utilizarse la DUCA F impresa.
  • Para realizar el trámite de importación, exportación, tránsito y las modalidades de éstas, en caso de que en la Aduana se presenten fallas en el correo electrónico o el internet, se podrá presentar impresa la declaración aduanera ante la Aduana, cumpliendo con los lineamientos ya conocidos.Para eso deberá presentar 3 tantos de la declaración aduanera. Para estos casos la firma deberá serautógrafa y no digital.
  1. Para los casos de las empresas de Zonas Francas se deberán seguir los siguientes lineamientos: Internamientos (Totalidad Modalidades: 04, 09, 80)
  2. Las empresas de zona franca, en su calidad de auxiliar de la función pública aduanera, o su agencia aduanera prepararán la declaración aduanera, la que deberá estar firmada digitalmente por el declarante y numerarse según el siguiente formato: código de aduana-código del auxiliar declarante- consecutivo propio por declarante.
  • La empresa de zona franca o su agencia aduanera, envían por correo electrónico, la declaración aduanera al depósito aduanero y/o a la autoridad portuaria para que haga la liberación de la mercancía, debiendo copiar a la Aduana de Control, para llevar el control correspondiente.
  • La empresa de zona franca, en su calidad de consignataria y auxiliar de la función pública aduanera, notifica a la aduana de jurisdicción la recepción de la unidad de transporte y de las mercancías, lo anterior a los correos electrónicos ya proporcionados.

B. Exportaciones marítimas, terrestres y aéreo (Modalidad 40)

  1. Las empresas de zona franca, en su calidad de auxiliar de la función pública aduanera, o su agencia aduanera preparan la declaración aduanera, la que deberá estar firmada digitalmente por el declarante y numerarse según el siguiente formato: código de aduana-código delauxiliar declarante- consecutivo propio por declarante.
  2. C. Nacionalización de mercancías (Modalidad 01)
  1. Se debe seguir el procedimiento indicado en el Comunicado DGA-013-2022.
  2. D. Reciclaje, donaciones y destrucciones
  3. La empresa de zona franca, en su calidad de auxiliar de la función pública aduanera, o su agencia aduanera, genera el acta de destrucción, donación o reciclaje, la cual quedará encustodia de dicho auxiliar.
  • La empresa de zona franca, al final del día, notifica a la autoridad aduanera la totalidad degestiones del día.
  1. Cuentas de correo de las Aduanas: para efectos de lo indicado en el Comunicado DGA- 013-2022,las Aduanas de Paso Canoas Central adicionan las siguientes cuentas:
    1. Aduana de Paso Canoas

moralessgc@hacienda.go.cr;,                         calderonms@hacienda.go.cr,             ;badillasj@hacienda.go.cr,

Aduana Central

Notifica-central@hacienda.go.cr,

  1. Se modifica el apartado número 3 del Comunicado DGA-010-2022, para que en adelante se leaasí:

“3- DUAs de exportación en todas las Aduanas. Las agencias y exportadores que declaran sus propias mercancías, deben confeccionar la declaración de exportación, la cual debe ser firmadadigitalmente, ya sea por el representante legal del exportador o por

el agente aduanero en caso de uso de agencia de aduanas, enviarlo a la aduana a los correos electrónicos, para el respectivo control de salida, con copia al correo del concesionario (sea AERIS, APM. SPC, etc). Éstas deben ajustarse al cumplimiento de notas técnicas, documento de transporte (BL), facturas y demás documentos que usualmente presentan con la exportación. Los transportistas aduaneros (navieras, líneas aéreas y transportistas terrestres), podrán agrupar las declaraciones de exportación, por manifiesto de carga, remitiéndolo a la Aduana de Control.”

  1. Se deja sin efecto el Comunicado DGA-012-2022, del 19 de abril de 2022.
  2. Para todos los efectos el canal oficial de comunicación para atender las consultas que pudieransurgir es el correo dirgestecnica@hacienda.go.cr

Esposado por agentes DEA extraditan a expresidente de Honduras ligado al narco

PuroPeriodismo/Foto La Prensa, San Pedro Sula

El expresidente hondureño (2014-2022) Juan Orlando Hernández (53) será extraditado este jueves hacia los Estados Unidos, cuya justicia lo reclama por delitos asociados con el narcotráfico y uso de armas, confirmó el sitio La Prensa de San Pedro Sula.

La aeronave Beechcraft Super King Air 350, con registro N430JT, desde Estados Unidos, tras realizar varios giros debido a las condiciones del clima, aterrizó a la pista a la 1:17 pm.

Tras estacionarse, de la aeronave salieron al menos cuatro agentes estadounidenses, quienes procedieron a dialogar con autoridades hondureñas, a cargar de combustible y a revisar el avión, agrega el sitio.

Seguidamente los agentes ingresaron a las instalaciones de la base aérea para revisar la documentación correspondiente al expresidente y proceder a esposarlo, añade la versión.

A las 11:30 am, tal y como estaba pactado, en un histórico momento Hernández salió de Fuerzas Especiales, donde estaba detenido desde el 15 de febrero, fuertemente resguardado en su camino hacia un helicóptero que lo estaba esperando y mientras era captado por miles de periodistas y comunicadores nacionales e internacionales que llegaron a la cobertura. Iba acompañado del ministro de Seguridad, Ramón Sabillón, quien portaba una agenda y un folder con documentos.

El expresidente hondureño salió tranquilamente vistiendo un jean y chumpa de color azul. Únicamente llevaba esposas en sus manos, se mostró firme, con la frente en alto y escuetamente saludó a algunos de los presentes.

Especial PuroPeriodisamo: La Prensa, San Pedro Sula

Parálisis de plataformas tributarias supera 72 horas/Aduanas con medidas de emergencia

Edgar Fonseca, editor/Foto Facebook APM Terminals, Moín

La parálisis de los servicios de la plataformas tributarias debido a una acción de hackeo ejecutada por un misterioso grupo desde el lunes, llevó a la Dirección General de Aduanas a adoptar una serie de medidas para agilizar la atención de importaciones y exportaciones

El anuncio del plan de medidas de contigencia se dio en medio de fuertes reclamos del sector empresarial debido al colapso de los servicios aduaneros en fronteras, puertos y aeropuertos.

  • Atacan sistemas en Ministerio de Trabajo: el gobierno informó la mañana de este jueves de un “incidente informático” en el Ministerio de Trabajo. El caso es atendido por personeros de esa dependencia y del Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT).

Colapso en trámites aduaneros

La Cámara de Industrias denunció que está bloqueada la importación de mercaderías por lo que demandó medidas extraordinarias al gobierno para enfrentar la emergencia.

Las empresas están siendo afectadas por la inhabilitación del sistema aduanero TICA, lo que ha significado la paralización del comercio internacional desde el lunes. Existe un colapso en fronteras, puertos y aeropuertos por la falta de claridad para aplicar el procedimiento, ratificó el ente empresarial industrial en un tuit.

Reclamaron que Hacienda debe habilitar de manera urgente un plan de contingencia para las importaciones, que actualmente no se permiten, así como mejorar los procedimientos para que las operaciones de comercio internacional se puedan realizar de forma manual.

Reacción

Aduanas anunció, entre otras medidas, la suspensión de los plazos de abandono de mercadería y autorización a depositarios aduaneros de descarga de mercancías. (Texto adjunto)

Pese a la emergencia, Jorge Mora, director de Gobernanza Digital del Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) dijo ayer que la seguridad cibernética del país “está bajo control”.

Mora aseguró que la organización que supuestamente está detrás de esto es Conti Group, basado en publicaciones en la dark web.

“No se ha identificado una nota específica de rescate, pero en dark web se han mencionado $10 millones”, sostuvo en conferencia de prensa en Casa Presidencial.

Otros ataques

El gobierno confirmó que aparte del hackeo de las plataformas de Hacienda, también se dieron acciones contra sistemas en el MICITT, IMN y RACSA aunque de menor severidad.

Dichos ataques apuntaron a servidores de correos electrónicos.

La CCSS también confirmó ayer un ataque a plataformas del área de Recursos Humanos, que, dijeron, fue neutralizado.

El Conti Group, al que autoridades de EE.UU. le atribuyen más de 1.000 ataques en instancias públicas y privadas en dicho país y en otras naciones, al parecer exige el pago de un “rescate” de $10 millones por los archivos secuestrados.

El ministro de Hacienda, Elián Villegas, rechazó acceder a dicha demanda y la calificó de ilegal.

Villegas denunció los ataques cibernéticos ante la Fiscalía de Fraudes.

“Estamos ante una situación de crimen organizado transnacional que amerita una posición firme. No estamos dispuestos a ninguna extorsión o pago de recompensa. Actuamos para tranquilizar al país y restablecer los servicios institucionales”, aseveró la ministra de la Presidencia Geannina Dinarte durante la rueda de prensa.

Especial PuroPeriodismo: Informe CISA, EE.UU.

Plan de contingencia

Ante los hechos comunicados por el Ministerio de Hacienda el día 18 de abril del 2022, que se encuentran afectando los sistemas informáticos en el Ministerio de Hacienda y que inciden en el normal desarrollo de los procedimientos establecidos para el ingreso, salida, tránsito y nacionalización de mercancías, la Dirección General de conformidad con los artículos 133 del CAUCA IV, 638 del RECAUCA IV, 4 y 168 de la Ley General de Aduanas se emiten las siguientes medidas de contingencia:

  1. Suspensión de plazo de abandono de mercancías. A partir del 18 de abril de 2022 y hasta la fecha en que esta Dirección General comunique dejar sin efecto la presente medida, se suspenden los plazos de abandono, conforme a lo siguiente:
  1. Mercancías en puerto aduanero: el plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la fecha de finalización de la descarga del buque o aeronave y de las mercancías que se encuentran en zona portuaria, que no se ha solicitado su destinación aduanera y para aquellas ingresadas vía terrestre.
  • Una vez reestablecidos los sistemas informáticos, deberá ajustarse los plazos citados conforme al periodo de suspensión aquí dispuesto.
  • Para el caso de la descarga de las unidades de transporte, se autoriza a los depositarios aduaneros a que realicen la descarga de las mercancías, salvo que la Autoridad Aduanera, determine y comunique lo contrario.
  • Para mercancías que ingresen de forma consolidada, el Depositario Aduanero realizará la desconsolidación, en sus instalaciones, con base en la información suministrada (BL hijos) por el Consolidador de Carga.
  • Para los casos de declaraciones de reexportación, dado que son tramitadas en el régimen de tránsito y contra inventario en depósito aduanero o manifiesto de carga, entiéndase que aplica lo indicado enel punto 2 del Comunicado DGA-013-2022, para estos casos.
  • Para los DUCA-T en exportación se actualiza lo ya indicado en los comunicados anteriores, para que en lo sucesivo se siga este procedimiento:
  1. El declarante elabora la declaración de exportación, utilizando su propio sistema informático, numerándola con el siguiente formato: código de aduana-código del auxiliar declarante- consecutivo propio por declarante, la firma digitalmente en formato PDF. El declarante genera el DUCAT a partir de este número generado por ellos mismos, sin necesidad que la Aduana le asigne numeración.
    1. El transportista presenta a la Aduana un original y una copia de la DUCAT con su númerogenerado por SIECA, carta de porte, manifiesto de carga, factura comercial e impresión de ladeclaración de exportación.
    1. La aduana a lo interno numera en módulos de exportación y lleva el control de cada exportaciónautorizada y procede en el portal de la SIECA a autorizar la DUCA- T para que continúe, se firma también por parte del funcionario de la Aduana la DUCA -F en los casos que se solicita.
  • Para el ingreso de mercancías vía terrestre: se procede de conformidad con lo indicado en elnumeral 4 del COMUNICADO-DGA-010-2022.
  • Para la importación definitiva con preferencia arancelaria al amparo de una DUCA F emitida duranteel período de contingencia podrá utilizarse la DUCA F impresa.
  • Para realizar el trámite de importación, exportación, tránsito y las modalidades de éstas, en caso de que en la Aduana se presenten fallas en el correo electrónico o el internet, se podrá presentar impresa la declaración aduanera ante la Aduana, cumpliendo con los lineamientos ya conocidos.Para eso deberá presentar 3 tantos de la declaración aduanera. Para estos casos la firma deberá serautógrafa y no digital.
  1. Para los casos de las empresas de Zonas Francas se deberán seguir los siguientes lineamientos: Internamientos (Totalidad Modalidades: 04, 09, 80)
  1. Las empresas de zona franca, en su calidad de auxiliar de la función pública aduanera, o su agencia aduanera prepararán la declaración aduanera, la que deberá estar firmada digitalmente por el declarante y numerarse según el siguiente formato: código de aduana-código del auxiliar declarante- consecutivo propio por declarante.
  • La empresa de zona franca o su agencia aduanera, envían por correo electrónico, la declaración aduanera al depósito aduanero y/o a la autoridad portuaria para que haga la liberación de la mercancía, debiendo copiar a la Aduana de Control, para llevar el control correspondiente.
  • La empresa de zona franca, en su calidad de consignataria y auxiliar de la función pública aduanera, notifica a la aduana de jurisdicción la recepción de la unidad de transporte y de las mercancías, lo anterior a los correos electrónicos ya proporcionados.

B. Exportaciones marítimas, terrestres y aéreo (Modalidad 40)

  1. Las empresas de zona franca, en su calidad de auxiliar de la función pública aduanera, o su agencia aduanera preparan la declaración aduanera, la que deberá estar firmada digitalmente por el declarante y numerarse según el siguiente formato: código de aduana-código delauxiliar declarante- consecutivo propio por declarante.
  2. C. Nacionalización de mercancías (Modalidad 01)
  1. Se debe seguir el procedimiento indicado en el Comunicado DGA-013-2022.
  2. D. Reciclaje, donaciones y destrucciones
  1. La empresa de zona franca, en su calidad de auxiliar de la función pública aduanera, o su agencia aduanera, genera el acta de destrucción, donación o reciclaje, la cual quedará encustodia de dicho auxiliar.
  • La empresa de zona franca, al final del día, notifica a la autoridad aduanera la totalidad degestiones del día.
  1. Cuentas de correo de las Aduanas: para efectos de lo indicado en el Comunicado DGA- 013-2022,las Aduanas de Paso Canoas Central adicionan las siguientes cuentas:
    1. Aduana de Paso Canoas

moralessgc@hacienda.go.cr;,                         calderonms@hacienda.go.cr,             ;badillasj@hacienda.go.cr,

Aduana Central

Notifica-central@hacienda.go.cr,

  1. Se modifica el apartado número 3 del Comunicado DGA-010-2022, para que en adelante se leaasí:

“3- DUAs de exportación en todas las Aduanas. Las agencias y exportadores que declaran sus propias mercancías, deben confeccionar la declaración de exportación, la cual debe ser firmadadigitalmente, ya sea por el representante legal del exportador o por

el agente aduanero en caso de uso de agencia de aduanas, enviarlo a la aduana a los correos electrónicos, para el respectivo control de salida, con copia al correo del concesionario (sea AERIS, APM. SPC, etc). Éstas deben ajustarse al cumplimiento de notas técnicas, documento de transporte (BL), facturas y demás documentos que usualmente presentan con la exportación. Los transportistas aduaneros (navieras, líneas aéreas y transportistas terrestres), podrán agrupar las declaraciones de exportación, por manifiesto de carga, remitiéndolo a la Aduana de Control.”

  1. Se deja sin efecto el Comunicado DGA-012-2022, del 19 de abril de 2022.
  1. Para todos los efectos el canal oficial de comunicación para atender las consultas que pudieransurgir es el correo dirgestecnica@hacienda.go.cr

Expresidente de Honduras vinculado al narco será extraditado a EE.UU. este jueves

PuroPeriodismo/Foto La Prensa, San Pedro Sula

El expresidente de Honduras Juan Orlando Hernández será extraditado a EE.UU. este jueves bajo cargos de narcotráfico que le podrían acarrear una sentencia de cadena perpetua, confirmó el sitio La Prensa de San Pedro Sula.

La versión de la extradición la ratificó la noche del miércoles el ministro de la Secretaría de Seguridad, Ramón Sabillón.

Expresó –según comunicado oficial– que la orden de extradición será a las siete de la mañana en la base aérea Hernán Acosta Mejía.

Sin embargo, La Prensa informó este jueves que el viaje se retrasó ya que el vuelo de DEA llega hasta a 1 p.m. Luego citó que la nave llegaría a las 11:30 a.m.

Anteriormente, el ministro de la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena), José Zelaya, confirmó la tarde de este miércoles a DIARIO LA PRENSA que mañana jueves llegará un avión de la Administración de Control de Drogas (DEA) en el que extraditarán al expresidente Hernández. 

“A las 7:00 am de este jueves en la base aérea Hernán Acosta Mejía de Tegucigalpa arribará el avión de la DEA, que trasladará a Juan Orlando Hernández”, reveló el funcionario, cita La Prensa.

En primera instancia, quien había dado esta versión fue el expresidente y asesor, Manuel Zelaya Rosales, quien mencionó que el Gobierno de Estados Unidos había solicitado permiso de aterrizaje a la Fuerza Aérea Hondureña (FAH).

“Este jueves llegará avión de la DEA para llevarse al expresidente Hernández”, dijo Zelaya Rosales, quien también informó que la solicitud fue recibida por el ministro de Defensa, que actualmente se encuentra en una cumbre en Panamá junto al canciller Enrique Reina, añade la versión. 

Tras la confirmación de la llegada de la aeronave, las autoridades hondureñas entregarían al expresidente Hernández este jueves 21 de abril, aunque se han dado casos en que los aviones de la DEA han esperado un día para llevarse al extraditable. 

Simulacro de entrega

La Secretaría de Seguridad, ente que coordina la entrega del exmandatario a Estados Unidos, realizó este miércoles desde tempranas horas un simulacro de la “Operación Liberación”, con el objetivo de garantizar el éxito de la extradición, agregó el medio hondureño.

Hacienda denuncia ante Fiscalía ataques cibernéticos a plataformas tributarias/Tres días fuera de servicio

Edgar Fonseca, editor/Foto Casa Presidencial

El Ministro de Hacienda, Elián Villegas, denunció hoy ante la Fiscalía de Fraudes el ataque cibernético que paralizó desde el lunes las plataformas tributarias ATV y TICA, acción atribuida a un grupo internacional denominado Conti.

Villegas pidió que se investiguen los hechos denunciados y se sienten las responsabilidades del caso, y en caso de comprobarse los mismos, se impongan las sanciones penales que se consideren pertinentes. (Texto adjunto de la denuncia)

El ataque generó el reclamo del sector industrial que sostuvo que hay un colapso en los trámites dee importaciín de mercaderías en fronteras, puertols y aeropuertos.

Jorge Mora, director de Gobernanza Digital, del Ministerio de Innovación, Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT ) reconoció que la acción cibercriminal se atribuye al grupo Conti al que las autoridades de EE.UU. vinculan a más de 1.000 acciones similares en ese país y en otras naciones.

El grupo habría exigido un “pago de un rescate” por $10 millones por los archivos secuestrados.

El gobierno no confirma tal exigencia pero el ministro Villegas advirtió que el Estado no debe ceder a una demanda de esas porque es ilegal.

El supuesto grupo hackeador amenaza con divulgar a partir del 23 de abril los datos secuestrados.

Hacienda sostiene que se trata de datos históricos de la Dirección General de Aduanas.

Paola Vega, titular del MICITT, confirmó hoy que también detectaron ataques cibernéticos en esa dependencia, IMN y RACSA, aunque de menor severidad a los enfrentados por Hacienda.

La CCSS informó que hoy detectaron una acción cibernética contra la plataforma de Recursos Humanos pero fue controlada a tiempo.


Denuncia del Ministerio de Hacienda ante Fiscalía de Fraudes

Sistemas vulnerados

Para su conocimiento y fines pertinentes, le informo que según comunicó la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación de esta Cartera, los sistemas informáticos fueron presuntamente vulnerados por terceras personas ajenas a esta Cartera, lo cual eventualmente puede ser constitutivo de un hecho delictivo.

Relación de Hechos

El día 18 de abril de 2022, la Dirección de Información y Comunicación de esta Cartera informó mediante el correo electrónico institucional de las 09:26 horas, que estaban presentando problemas técnicos en los Sistemas informáticos Administración Tributaria Virtual (ATV), el Sistema de Información para el Control Aduanero (TICA) y en la página web del Ministerio.

Posteriormente diversos medios de comunicación dieron a conocer la noticia sobre un presunto hackeo a los sistemas informáticos de este Ministerio, destacando lo indicado en la red social Twitter por el usuario @_bettercyber_ y las siguientes notas periodísticas de los medios de comunicación (…).

Así las cosas, se evidencian posibles accesos indebidos a los sistemas por parte de terceras personas no identificadas,que en apariencia se han atribuidos los hechos a través de la red social Twitter.

Normativa

De los hechos expuestos, debe tomarse en cuenta que la legislación costarricense señala la obligación que tiene todo servidor público de seguir el mandato de denunciar todas las conductas presuntamente delictivas que sean de suconocimiento en razón de su función.

En este sentido, siendo que las presentes denuncias pudieran tratarse de una eventual responsabilidad penal, el CódigoProcesal Penal establece:

“ARTICULO 281.- Obligación de denunciar

Tendrán obligación de denunciar los delitos perseguibles de oficio:

a) Los funcionarios o empleados públicos que los conozcan en el ejercicio de sus funciones.

b) (…)

c) Las personas que, por disposición de la ley, de la autoridad o por un acto jurídico tengan a su cargo el manejo, la administración, el cuidado o control de bienes o intereses de una institución, entidad o persona, respecto de delitos cometidos en su perjuicio o en perjuicio de la masa o patrimonio puesto bajo su cargo o control y siempre que conozcan el hecho con motivo del ejercicio de sus funciones. (…)”

Por su parte, el numeral 9 del Reglamento a la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la FunciónPública, dispone expresamente que:

“Los funcionarios públicos tienen el deber de denunciar ante las autoridades competentes los actos presuntamente corruptos que se produzcan en la función pública, de los que tengan conocimiento.”

Sobre el particular, resulta claro al tenor de este mandato, que las obligaciones impuestas a los servidores públicos incluyen la defensa de la legalidad establecidas en los artículos 11 de la Constitución Política y 11 de la Ley General dela Administración Pública,

Asimismo, el numeral 105, del Capítulo II “Deberes éticos del Servidor y la Servidora Pública” del Reglamento Autónomo de Servicios del Ministerio de Hacienda, establece:

“Artículo 105. Deber de denuncia. Es obligación de todo servidor(a) formular la denuncia correspondienteante la autoridad competente, cuando en el ejercicio de su cargo tenga conocimiento de cualquierirregularidad en perjuicio del Ministerio, del Estado y de los funcionarios (as).”

De la confrontación de las normas supra citadas, con los hechos descritos, estima este Despacho que en apariencia se configura un delito, razón por la cual se remiten la denuncia respectiva, a efecto de que se ejerzan las medidas correspondientes.

En este orden de ideas, conviene además citar lo dispuesto en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios, que dispone:

“Artículo 94.- Acceso desautorizado a la información. Será sancionado con prisión de tres a cinco años quien, en beneficio propio o de un tercero, con peligro o daño para la intimidad o la privacidad o para la integridad de los datos, acceda por cualquier medio a los sistemas de información o bases de datos o a la información contenida en ellos sin la debida autorización de quien deba expedirla o del titular de los datos o, existiendo esta, no cuente con la justificación correspondiente. Será sancionado con prisión de uno a cuatro  años,  quien  instigue,  obligue  o  presione  a  una  persona autorizada para que acceda a la  información  en  beneficio  propio  o de un tercero, con peligro o daño para la intimidad o la privacidad, o para la integridad de los datos.

La pena será de cuatro a seis años de prisión, cuando las conductas descritas en esta norma sean realizadas por personas encargadas de administrar o dar soporte al sistema o la red informática o telemática, o bien, que en razón de sus funciones tengan acceso a dicho sistema o red, o a los contenedores electrónicos, ópticos o magnéticos.”

“Artículo 95.- Manejo indebido de sistemas de información

Será sancionado con pena de tres a cinco años de prisión, quien, sin autorización de la autoridad competente, se apodere, utilice, copie, destruya, inutilice, altere, conserve o transfiera, por cualquier medio,un sistema de información o base de datos o la información contenida en ellos, utilizados por la Administración Tributaria y siempre que no hayan sido declarados de uso público, mediante resolución.

La pena será de cuatro a diez años de prisión, si la acción fue realizada con ánimo de lucro para sí o para un tercero, o si se hubieran obtenido beneficios económicos de la utilización, enajenación, transferencia o destrucción del sistema de información o de la base de datos o de la información contenida en ellos.

(Así reformado por el artículo 16 de la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal, N° 9416 del14 de diciembre de 2016)”

Por su parte, La Ley General de Aduanas establece:

“Articulo 221.- Delitos informáticos

Será reprimido con prisión de uno a tres años quien:

  1. Acceda, sin la autorización correspondiente y por cualquier medio, a los sistemas informáticos utilizados por el Servicio Nacional de Aduanas.
  2. Se apodere, copie, destruya, inutilice, altere, facilite, transfiera o tenga en su poder, sin autorización dela autoridad aduanera, cualquier programa de computación y sus bases de datos, utilizados por el ServicioNacional de Aduanas, siempre que hayan sido declarados de uso restringido por esta autoridad.
  3. Dañe los componentes materiales o físicos de los aparatos, las máquinas o los accesorios que apoyenel funcionamiento de los

sistemas informáticos diseñados para las operaciones del Servicio Nacional de Aduanas, con la finalidad de entorpecerlas u obtener beneficio para sí o para otra persona.

  • Facilite el uso del código y la clave de acceso asignados para ingresar en los sistemas informáticos. La pena será de seis meses a un año si el empleo se facilita culposamente.”

“Articulo 222.- Agravante

La pena será de tres a cinco años cuando, en alguna de las causales del artículo anterior, concurra una delas siguientes circunstancias:

  1. Intervengan en el hecho tres o más personas, en calidad de autoras.
  2. Intervenga, en calidad de autor, instigador o cómplice, un funcionario público en ejercicio de susfunciones, con ocasión de ellas o con abuso de su cargo.”

Pretensión

Que se investiguen los hechos denunciados y se sienten las responsabilidades del caso, y en caso de comprobarse losmismos, se impongan las sanciones penales que se consideren pertinentes.