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Cierre de campaña pinta dramático/Encuesta CIEP-UCR: Chaves, 43,3%-Figueres, 38,1%

Edgar Fonseca, editor

La sólida ventaja de hasta 12% en intención de voto que conservaba hace algunos días el exministro Rodrigo Chaves, candidato presidencial PPSD, sobre José María Figueres, PLN, se acortó en las últimas horas.

La más reciente encuesta CIEP-UCR, , con miras a la segunda vuelta el domingo 3 de abril, ratifica que Chaves, sigue a la cabeza en intención de voto con 43,3% de respaldo pero Figueres se le acercó con un 38,1%, lo cual.

La encuesta entre fue realizada vía telefónica 1.015 personas, del 18 y al 21 de marzo con un margen de error de ±3,1%.

Hay un remanente de 16,5% que se declaran indecisos.

Se acorta la distancia

Los resultados arrojan que Chaves tiene una ligera ventaja sobre José María Figueres, sin embargo, esta ventaja se acorta en comparación con la última medición del mes de febrero. Al observar los intervalos de cada candidatura (mínimos y máximos), es posible determinar que no existe diferencia significativa entre la intención de voto para ambas candidaturas. La diferencia entre ambos pasó de 10.6 puntos porcentuales en febrero, a 5.2 puntos porcentuales en esta medición, mostrando movimientos en las intenciones de voto que permiten explicar este cambio, ratifica el reporte de la encuesta.

La directora de campaña de Figueres, Alicia Fournier, aseguró en una reciente entrevista con este editor que sondeos internos les dan cifras de empate técnico. Ver entrevista PuroPeriodismo.

El reporte destaca que un 73% de las personas afirman que votarán y que están completamente decididas a ir a votar (59%), o que es muy probable que lo harán (14%). Dentro de este grupo de personas, al cuestionar sobre la dificultad para tomar la decisión de por quien votarán, un 55% señala que no les ha costado nada, mientras que un 26% dice que les ha costado mucho. Cómo hipótesis, se podría formular que el grupo de personas que indican que su decisión les ha sido fácil es el que tiene mayores probabilidades de ir a votar (44% de la población total), mientras las personas que señalan una mayor dificultad serían aquellas con mayores posibilidades de abstenerse.

Especial PuroPeriodismo:Encuesta CIEP-UCR, marzo 2022

Si se consideran únicamente las personas que afirman estar completamente decididas a ir a votar, la diferencia entre ambos candidatos aumenta a 6.5 puntos, obteniendo Chaves una intención de 46.3% y Figueres 39.8%, añade el informe.

¿Cómo están esos apoyos?

En cuanto al apoyo a cada candidatura según las características de las personas, Rodrigo Chaves posee un apoyo mayor en los hombres y en personas jóvenes, mientras que José María Figueres tiene un respaldo mayoritario en personas adultas mayores. En cuanto al nivel educativo, las diferencias entre las personas que apoyan a ambos candidatos no son significativas, salvo en aquellas cuyo nivel máximo de instrucción fue la secundaria, en donde el candidato del partido Progreso Social Democrático tiene una ventaja de 8 puntos porcentuales, cita el reporte.

Zonas costeras y centro del país

Según la provincia de residencia de las personas se evidencia que existen disparidades entre el centro y la periferia del país. En las provincias de Guanacaste, Puntarenas y Limón, en donde Figueres se encuentra por debajo en la intención de voto en 16, 12 y 27 puntos porcentuales, respectivamente. En Alajuela y Cartago, Chaves también posee una ventaja sobre Figueres, pero menor a 10 puntos. Por su parte, el candidato liberacionista posee una leve ventaja en San José y en Heredia, menor a los 5 puntos, detalla el análisis.

Acercamiento en medio de cuestionamientos

En otra encuesta divulgada por este mismo centro el 1 de marzo, la primera tras los comicios del 6 de febrero, Chaves alcanzaba un sólido 46,5% de respaldo mientras Figueres llegaba a 35,9%.

El reciente acercamiento de apoyos se produce en medio de incesantes cuestionamientos a una supuesta estructura paralela de financiamiento de la campaña de Chaves, quien este martes convocó a una sorpresiva conferencia de prensa en la que negó que un fideicomiso utilizado hubiese incurrido en anomalías.

La operación de dicho fideicomiso es investigada por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) que ordenó al Banco Nacional entregar las cuentas bancarias que utilizó como parte de las pesquisas.

La intervención de los magistrados del TSE se dio luego que la gerencia general del banco se negara en un inicio a entregar dicha información al departamento de financiamiento de partidos políticos al alegar que estaba cubierta por el secreto bancario.

El TSE también ordenó una investigación de un viaje de Figueres a República Dominicana que el candidato verdiblanco justificó como “una contribución en especie” a su campaña del empresario Alberto Esquivel Volio, quien contrató el jet ejecutivo en que lo hizo.

¿Quiénes son los indecisos?

En cuanto al perfil de las personas indecisas, sobresalen las mujeres, las personas jóvenes y con estudios de secundaria es donde se tienen mayores porcentajes. Además, en la provincia de Limón es donde se tiene un mayor nivel de indecisión, con un 23%, seguido por Heredia y San José, cada una con un 19%, consigna el informe de dicha encuesta.

País llega a 83% de cobertura meta en vacunas covid-19/Por encima de Japón, Reino Unido, EE,UU. y Alemania/10 millones aplicadas

Edgar Fonseca, editor/Foto Twitter CCSS

El país alcanzó una cobertura de 83,1% población meta vacunada contra covid-19, destaca la más reciente actualización del sitio Our World In Data que rastrea el impacto de la pandemia a nivel global.

Según cifras de dicho sitio, Costa Rica alcanzó 75,7% de población meta con esquema completo de vacunas y 7,4% con vacunación parcial.

El alcance de vacunación del país supera al de naciones como Japón, 81; Francia, 80%; Reino Unido, 77%; EE.UU., 77% y Alemania, 76%, evidencian los datos corroborados por PuroPeriodismo.cm.

En el hemisferio la mayor cobertura de población vacunada la registra Cuba con 94%; Chile, 93% y Brasil con 84%.

Respecto a la media mundial, 64%, Costa Rica se distancia casi 20%.

Los datos del país, según dicho sitio, están actualizados al 14 de marzo.

Especial PuroPeriodismo: Our World In Data

10 millones de vacunas aplicadas

Un total de 10.018.261 dosis de la vacuna contra la covid-19, ha sido aplicadas por la CCSS, según el corte al 22 de marzo de 2022.

El doctor Randall Álvarez Juárez, gerente médico de la CCSS, detalló que 4.313.391 corresponden a primeras dosis, 3.937.449 a segundas y 1.767.421 a terceras.

Las doctoras Leandra Abarca Gómez y Diana Paniagua Hidalgo de Vigilancia Epidemiológica de la CCSS precisaron que con los datos registrados el país alcanza una cobertura de 89,9% en primeras dosis en personas de 5 años a más de 100, un 82% en segundas dosis y un 36,6% en terceras.

Las funcionarias agregaron que en el grupo de niños de 5 a 11 años se han aplicado 417.268 dosis de la vacuna contra la covid-19. De estas, 274 190 corresponden a primeras dosis y 143 078 a segundas.

En el grupo de 12 a 19 años se han colocado 560.823 primeras dosis, 502.678 segundas y 111.560 terceras, para un total de 1.175. 061 dosis.

En las personas de 20 a 39 años los equipos vacunadores de la CCSS han puesto 1.620.465 primeras dosis, 1.481.399 segundas y 530.416 terceras, para un total de 3.632.280 dosis de la vacuna.

En el grupo de 40 a 57 años se han colocado un total de 2.607.645 dosis de la vacuna, de las que 1.066.742 corresponden a primeras dosis, 1.021.248 a segundas y 519.655 a terceras.

Finalmente, en las personas de 58 años y más se han aplicado 791.171 primeras dosis, 789.046 segundas dosis y 605.790 terceras, para un total de 2.186.007 dosis de la vacuna contra la covid-19.

Colombia candente: Álvaro Uribe a Petro: ‘Gánese las elecciones, no pretenda robárselas’

PuroPeriodismo/Fotos El Tiempo, Bogotá

Tras las elecciones al Congreso, celebradas el pasado 13 de marzo de 2022, han surgido algunas dudas frente al conteo de los votos. De hecho, el Pacto Histórico denunció que no fueron reportados sufragios a su favor en varias mesas electorales de todo el país y otro tipo de irregularidades, informa El Tiempo de Bogotá.

Ante los señalamientos, el registrador nacional, Alexander Vega, reconoció que en los formatos E-14 hubo irregularidades que podrían haber entorpecido el escrutinio y que, por lo tanto, se solicito al Consejo Nacional Electoral el conteo voto a voto.

“Dichas irregularidades están siendo subsanadas por parte de las comisiones escrutadoras y serán puestas en conocimiento de la Fiscalía para que a la mayor brevedad se investiguen y sancionen estas actuaciones”, explicó Vega. 


Frente a las declaraciones del registrador, el candidato a la presidencia Gustavo Petro aseguró que no participará en más debates hasta que no se garantice la transparencia electoral, pues, según él, el reconteo de los votos físicos puede incrementar el riesgo de fraude, agrega el medio colombiano.

Ante las declaraciones del líder del Pacto Histórico, Álvaro Uribe Vélez recriminó la posición de Petro e insinuó que quiere “robarse las elecciones” al impedir el reconteo de los sufragios.


“Dr. Petro, gánese las elecciones, no pretenda robárselas ni imponerse tramando acusaciones de fraude en contra de quienes pedimos cuentas claras”, escribió el presidente en su cuenta de Twitter, según El Tiempo. 

Exempleado de RECOPE sentenciado por atentado en plantel de Moín en disturbios del 2018

Edgar Fonseca, editor/Imagen con fines ilustrativos

Un exempleado de RECOPE de apellidos Pérez Sánchez fue sentenciado este martes a cinco meses de prisión al hallarlo culpable un tribunal de atentado en el plantel de la refinadora en Moín, Limón, durante protestas y disturbios contra la reforma fiscal el 11 de setiembre 2018, confirmó la Fiscalía.

Se trata del segundo juicio que afronta dicha persona por esos hechos.

En una primera oportunidad, en noviembre 2018, fue sentenciado por un juez de flagrancia a dos años de prisión pero dicha resolución fue anulada por un tribunal de apelaciones que ordenó nuevo juicio en febrero 2019.

Pérez Sánchez, de 36 años, era empleado del área de mantenimiento de la refinadora y fue detenido en aquella fecha durante una grave ola de y protestas y disturbios desatada por organizaciones sindicales contra la reforma fiscal.

Al momento de los hechos tenía ocho años de laborar para la institución.

Las autoridades lo vincularon inicialmente a un supuesto sabotaje en una planta de gas.

El 27 de noviembre 2018, el juez de flagrancia de Limón, Sergio Céspedes Rivera, lo sentenció a dos años de prisión y lo inhabilitó por 10 años en la función pública.

“La pena justa es de dos años, ni el mínimo seis meses, ni el máximo cuatro años. Porque en esa pena se toma en cuenta que es una persona joven, que es la primera condena, pero sí se causó un daño importante, no sólo la detención de la importación de gas, sino por la puesta en peligro con el gas LPG y que se jugó con una sustancia sumamente volátil y peligrosa”, argumentó el juez Céspedes en aquella oportunidad, según reseñó La Nación.

La resolución fue apelada y un tribunal de apelaciones la anuló y ordenó el nuevo juicio.

Acreditado el atentado

Hoy la Fiscalía Adjunta de Limón confirmó que acreditó a Pérez Sánchez como responsable de cometer el delito de atentado contra plantas de energía.

El Tribunal Penal de la localidad lo sentenció a cinco meses de prisión. La lectura del por tanto se realizó a las 8:00 a.m., agregó el reporte de la Fiscalía.

El tribunal también declaró con lugar la acción civil resarcitoria, por lo que condenó a Pérez al pago de ¢15 millones por concepto de daños, se informó.

¿Qué le atribuyeron?

Según la Fiscalía, los hechos acusados ocurrieron del 11 de setiembre del 2018, aproximadamente a las 7:00 p.m., cuando, en apariencia, el imputado se presentó al plantel de RECOPE, en Moín, Limón. 

Una vez dentro de las instalaciones, el acusado se dirigió a las esferas que almacenan gas licuado de petróleo y, según probó la Fiscalía, cortó un cable y retiró dos fusiles que suministraban electricidad. El Ministerio Público evidenció que dañó el sistema de válvulas hidráulicas, siendo esto un peligro para la seguridad común, ya que se irrumpió el bombeo de gas.

El actuar delictivo de Pérez hubiera provocado una explosión que podría haber liberado gas licuado de petróleo a la atmósfera. Sin embargo, esto fue evitado gracias a la rápida acción de​l personal de RECOPE, según la acusación de la Fiscalía.

Confirmaron que el costo total de la reparación de los daños ascendió a la suma de ₡608.870 y el costo por atrasos en la descarga de los buques ascienden a ₡15.486.202.

Banco Nacional entregó cuentas de fideicomiso de campaña de Chaves tras plazo de 48 horas y bajo prevención por posible desobediencia

Edgar Fonseca, editor

Contra un plazo de 48 horas y bajo la prevención a las autoridades bancarias de que podrían incurrir en el delito de desobediencia sino acataban la instrucción, el Banco Nacional entregó al TSE el pasado 11 de marzo las cuentas del fideicomiso de la firma ATA Trust Company S.A, vinculadas al alegado financiamiento de la campaña del candidato presidencial del PPSD, Rodrigo Chaves.

El plazo y la prevención al gerente general del banco, Bernardo Alfaro Araya, constan en la resolución de los magistrados del Tribunal Supremo de Elecciones en que requirieron la informacion que le había sido denegada por la institución bancaria a Ronald Chacón Badilla, jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos.

El envío de dichas cuentas se dio pese a que desde un inicio el candidato Chaves rechazó revelar información relacionada con el fideicomiso al alegar confidencialidad.

El 5 de marzo, el partido Progreso Social Democrático hizo públicos los nombres de los integrantes del fideicomiso y sus aportes que sumaban al menos $165.000. (Documento adjunto)

Afirmaron que el fideicomiso había sido disuelto el 18 de setiembre antes de la elección de Chaves como candidato.

La Nación informó ayer lunes 21 de marzo que la documentación enviada por el Banco Nacional al TSE evidencia pagos de la campaña del aspirante antes y después de ser escogido como tal.

La resolución del TSE ante el Banco Nacional

“El señor Ronald Chacón Badilla, jefe del Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, en oficio n.º DFPP-0363-2022 del 14 de marzo de 2022, informa que, por documento n.º GG-148-22 del 11 de marzo del año en curso, el señor Bernardo Alfaro Araya, gerente general del Banco Nacional (BN), le indicó, ante el requerimiento realizado por esa dependencia de la Administración Electoral, que no era dable brindarle datos bancarios de la empresa ATA Trust Company S.A., en tanto esa información está cubierta por el secreto bancario y, en consecuencia, solo puede ser facilitada si media orden expresa de este Tribunal Supremo de Elecciones, en su condición de órgano jurisdiccional (folios 2 a 5).

“Para justificar su denegatoria, la Gerencia General del BN adjunta el Dictamen Jurídico n.º 888-2022 elaborado por la Dirección Jurídica de esa entidad bancaria (folios 10 a 16).

“En virtud de lo anterior, SE RESUELVE: A) La Sala Constitucional, en las sentencias n.º 2003-03489 y 9705-2004, estableció que un límite extrínseco al derecho a la intimidad (que se materializa en los secretos bancario y tributario) está dado por la publicidad que deben tener los aportes, donaciones y contribuciones que reciben las agrupaciones políticas, a tenor de lo preceptuado en el artículo 96.4 del texto político fundamental.

“Esa línea jurisprudencial, pese a ser generada con base en una legislación derogada (Código Electoral de 1952), lo cierto es que, según lo dispuso este Órgano Constitucional en la resolución n.º 7285-E8-2015, su sustrato jurídico, en lo que a la publicidad de las cuentas partidarias respecta, se mantenía vigente y es aplicable a las normas que introdujo la ley n.º 8765, Código Electoral actual.

“Con base en ello, este Tribunal ha sido conteste en señalar que las cuentas de terceros (aquellas que no pertenecen al partido) están protegidas por el velo de confidencialidad puesto que, “si bien la Sala enfatizó que, en materia de financiamiento de los partidos políticos, el principio de publicidad y transparencia constituye un aspecto esencial del sistema electoral costarricense, reafirmó la confidencialidad de las cuentas bancarias privadas pertenecientes a un particular” (sentencia n.º  0443-E3-2021 de las 13:00 horas del 26 de enero de 2021).

“No obstante, este Órgano Jurisdiccional, en ejercicio de su competencia constitucional de intérprete exclusivo y obligatorio de las normas relativas a la materia electoral (la jurisprudencia es fuente no escrita de Derecho), entiende que tal regla, al amparo de los referidos pronunciamientos de los jueces constitucionales, se encuentra excepcionada cuando se pueda demostrar, de forma fehaciente e idónea, que un partido político le ha transferido a una persona jurídica parte de sus aportaciones privadas o ha sido utilizada –la cuenta de aquella– para el giro financiero de esa plataforma partidaria; de ser así, la información de las cuentas de esas personas (terceros) dejaría de ser privada y se tornaría de interés público (sentencia de este Tribunal n.º 0443-E3-2021).

“Importa señalar que la Dirección Jurídica del BN, al sustentar su dictamen, señala que la publicidad de cuentas de terceros solo se daría si, en los términos de los precedentes constitucionales, en ellas se ha recibido dinero de un partido político, conclusión que no es correcta, ya que la propia fundamentación del fallo n.º 3489-2003 indica: “… al haber recibido las sociedades anónimas (…) contribuciones privadas para financiar la campaña de Don Abel Pacheco, pasan a estar sometidas al principio de publicidad…”.

“Como puede observarse, la hipótesis es que a una cuenta distinta a la del partido lleguen “contribuciones privadas” (no necesariamente de la agrupación, como erróneamente lo plantea la dependencia bancaria) para financiar aspectos político-electorales.

“En este asunto, el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos sustentó, de manera adecuada, por qué se parte de que las cuentas de la empresa ATA Trust Company S.A. eventualmente pudieron ser utilizadas para el manejo financiero de actividades partidarias; por ejemplo, en el folio 3 de su petición, la jefatura de Financiamiento de Partidos Políticos, con base en información divulgada por medios de comunicación, señala que la citada persona jurídica canceló un servicio por pago de pauta publicitaria del partido Progreso Social Democrático (folio 7), al tiempo que se puntualizan informaciones que refieren al presunto pago de bienes y servicios de la agrupación, a través de las cuentas cuya información se pide.

“Véase cómo en la nota periodística “Secretaria General del partido de Rodrigo Chaves denuncia supuesta estructura paralela para financiar campaña” (nota al pie n.º 1 de la página 2 de la petición de información) se incorpora un supuesto estado financiero en el que se detallan egresos de la cuenta de ATA Trust Company S.A. correspondientes al pago de bienes y servicios usualmente ligados al funcionamiento de una agrupación: pago de alquiler de local y compra de muebles para club de campaña.

“Sobre esa línea, debe resaltarse que la instancia técnica de fiscalización de las finanzas partidarias afirma que se han incorporado -en el expediente de la investigación preliminar- indicios que, a su vez, han sido confirmados por pruebas aportadas por denunciantes que se han apersonado a esa dependencia a entregar documentación relacionada con el caso, elementos que, analizados en su conjunto con las referidas informaciones de prensa, hacen “razonable concluir que, en efecto las cuentas bancarias de la fiduciaria ATA Trust Company S.A.se habrían prestado para este esquema de financiamiento partidario (página 2 de la solicitud de información realizada por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos, folio 6 vuelto).

“De esa suerte, este Pleno estima que se está ante el supuesto de excepción para que, según la jurisprudencia constitucional, la información de una cuenta de un sujeto privado sea pública; el respaldo ofrecido por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos es idóneo para afirmar que hay elementos de juicio suficientes para acreditar el interés público en las cuentas ATA Trust Company S.A. 

 B) Se aclara al BN que no es necesaria una orden de levantamiento del secreto bancario por parte de esta Magistratura para facilitar información de las cuentas de ATA Trust Company S.A.; según se expuso, esa información está sometida al principio de publicidad. 

C) Este Tribunal Supremo de Elecciones respalda la petición de información pública realizada por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos en oficio n.º DFPP-0292-2022 del 9 de marzo de 2022; en consecuencia, se instruye a la Gerencia General del BN que, en el plazo de cuarenta y ocho horas, entregue a la citada dependencia de esta institución la información relativa a las cuentas bancarias ATA Trust Company S.A., en los términos que se requirió en el citado documento. 

D) Se recuerda a las autoridades bancarias que, a tenor de lo que establece el artículo 284 del Código Electoral, la desobediencia o el incumplimiento (total o parcial) de las órdenes dictadas por este Tribunal, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales (como lo es la fiscalización de las finanzas partidarias), constituye el delito de desobediencia. Notifíquese a la Gerencia General del Banco Nacional y al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos”. 


Partido de Chaves alega que fideicomiso fue disuelto el 18 de setiembre de 2021. *

En relación con varias informaciones que circulan, remitimos la siguiente explicación del vocero del grupo, el licenciado Arnoldo André:

  1. Habiendo obtenido autorización de las personas parte del fideicomiso, y para la opinión publica, aclaramos que desde inicios del ano 2021, varios costarricenses nos constituimos en un grupo de pensamiento y acción, de estudio, análisis y discusión de los problemas nacionales. El Grupo tuvo por objetivo y función el estudio, análisis y diagnóstico de la realidad nacional en todos sus aspectos, para proponer soluciones a los problemas del país y divulgarlas a la población, para crear conciencia de los cambios necesarios en el país para lograr una Costa Rica próspera y pujante.
  • El Grupo estaba abierto a incorporar a quien comulgue con los principios del respeto a los Derechos Humanos, a la libertad, a la economía abierta y en competencia, a la solidaridad humana y a la correcta distribución de la riqueza y al fomento de la iniciativa privada como generador de puestos detrabajo, y a un Estado eficiente en función de la prosperidad de todo ser humano. El portavoz del GRUPO es el señor RODRIGO CHAVES ROBLES y el Tesorero designado es el señor JACK LOEB CASANOVA, quienes eran los representantes del GRUPO.
  • Que, para financiar las actividades el GRUPO recibía contribuciones de DONANTES que quisieran financiar las actividades del GRUPO.
  • Que para el proceso de recepción de recursos el 25 de febrero del 2021, Rodrigo Chaves, Jack Loeb y Alonso Vargas suscribieron un contrato de fideicomiso, a fin de que el FIDUCIARIO abriera cuentas bancarias en algún banco del sistema bancario nacional, para la administración de los recursos, dado que el Grupo no tenia personaría jurídica propia.
  • Que los DONANTES hacían el pago de sus contribuciones mediante transferencia bancaria, a favor las cuentas bancarias que al efecto tenia FIDUCIARIO y que éste mantendrá dedicadas para tales fines. El Gerente del Grupo en la administración, inicialmente, fue el Sr. Carlos Vásquez.
  • Los DONANTES debían presentar copia de su cédula, llenar el Formulario Conozca a su Cliente y además a partir de un monto presentar documentación fehaciente que respaldara el origen lícito de los fondos.
  • Todos los aportes se hacían mediante transferencia bancaria. No se aceptaba efectivo.
  • Los donantes iniciales fueron los señores Jack Loeb, Bernal Jiménez, José Coto, Arnoldo André, Damaris Robles, Adrián Torrealba, Luis Diego Soto, Sergio Naranjo, José Antonio Yock, aportando en total unos $165,000, entre febrero y agosto del 2021.

El Fideicomiso fue disuelto el 18 de setiembre, antes de que Rodrigo Chaves fuese electo Candidato Presidencial, y los fondos remanentes fueron usados para liquidar las operaciones y contratos que se tenían, y en octubre 2022 los restantes fueron devueltos a los donantes proporcionalmente

  • Comunicado divulgado por la campaña presidencial del candidato Rodrigo Chaves el 5 de marzo anterior.