Edgar Fonseca, editor
El paro de educadores que afecta desde hace 29 días a escuelas y colegios del país fue declarado ilegal este martes por el juez de Trabajo de Goicoechea, Francisco Quesada Quesada.
Tras trascender el fallo, el MEP llamó a los educadores a retornar a labores.
“Desde el MEP llamamos a todo el personal docente, administrativo, conserjes, cocineras y guardas a retomar sus labores de forma inmediata para reactivar el curso lectivo 2018”, instó el Ministerio de Educación.
Los dirigentes del Magisterio se resisten a aceptar el fin del movimiento pese a que el bloque sindical de salud, que les acompañaba, ya depuso la protesta.
Hasta este martes un 50% de escuelas y colegios permanecen cerrados por los dirigentes del paro que protestan contra la reforma fiscal recién aprobada en primer debate en la Asamblea Legislativa.
La sentencia, dictada a las 10:25 a.m., condenó a la Asociación Nacional de Educadores (ANDE), la Asociación de Profesores de Segunda Enseñanza (APSE) y al Sindicato de Educadores Costarricenses (SEC), al pago de ¢1 millón por costas procesales.
Los censura por bloqueos
El juez Quesada censura fuertemente a los huelguistas del magisterio por los bloqueos de vías en las últimas semanas
“En lo tocante al actuar de los gremios sindicales, incluidos los contradictores del presente asunto, los cuales participaron –de forma colectiva– de las manifestaciones que llevaron a bloqueos totales de muchas vías de comunicación nacional, se debe indicar que es reprochable su actuar y que no puede ser considerado como un movimiento pacífico. Además, como se tocó en la parte inicial del presente fallo, aparte de la prueba que autos corre, ese actuar es un hecho notorio, de trascendencia colectiva, en el que el derecho al libre tránsito se vio totalmente transgredido”, denunció Quesada en su resolución.
“Y es que no es casualidad que se condene este tipo de acciones aún fuera de nuestra legislación, dado que si bien es cierto las manifestaciones son la expresión viva del movimiento de huelga, estas no deben sobrepasar los límites de racionalidad y proporcionalidad del actuar de cualquier gremio”, agregó dicho juez.
“No escapa a la presente calificación y el no cumplimiento del requisito de ser un movimiento pacífico, el hecho del impacto que el actuar sindical trajo a Costa Rica, vulnerando con ello las mismas bases constitucionales, las cuales son como se dijo, garantías para los costarricenses y lo cual con el movimiento se vieron altamente vulneradas, sin que por parte de las autoridades del Gobierno mismo se diera respuesta para evitar que se violaran los mandatos Constitucionales”, destacó el juez Quesada.
Barrida desde tribunales
Los paros de los sindicalistas generaron una fuerte reacción en los juzgados de Trabajo.
La mayoría de los movimientos fueron declarados ilegales, en la primera prueba de fuego de la recién estrenada Reforma Procesal Laboral.
Hasta este martes sumaban 16 paros bajo declaratoria de ilegalidad.
Las resoluciones de ilegalidad –según recuento de la Presidencia– se dieron en el Consejo Nacional de Producción, Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos, Comisión Nacional de Emergencias, Banco Central, Junta de Protección Social, Junta de Administración Portuaria de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA), Instituto Mixto de Acción Social (IMAS), Correos de Costa Rica, Refinería Costarricense de Petróleo (RECOPE), Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Sistema Nacional de Radio y Televisión (SINART), Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) e Instituto Nacional de Seguros (INS).