Fiscalía pide 3 años y medio contra exdiputado PLN por supuesta donación electoral ilegal y absolver a otro

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04/02/2018, San José, Los Yoses, Casa Victoria, seguimiento del candidato a la presidencia por el partido Liberación Nacional Antonio Alvarez Desanti en el día de las Elecciones Nacionales. Fotografía José Cordero

Edgar Fonseca, editor/Imagen con fines ilustrativos

La Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) pidió este miércoles pena de 3 años y medio de prisión contra un exdiputado PLN, de apellido Alfaro, mientras que solicitó absolver a otro exlegislador del mismo partido, de apellido Calderón, en una causa por supuesta donación electoral ilegal.

La Fiscalía presentó conclusiones esta mañana en el juicio que se desarrolla en el Tribunal Penal del Primer Circuito Judicial de San José, en contra de los dos exlegisladores, a quienes se les atribuyen cargos por la supuesta donación ilegal electoral. 

El caso, informaron, corresponde al expediente 12-000002-033-PE, acusado por el Ministerio Público en el 2013, donde figuran como imputados dos hombres de apellidos Alfaro Zamora y Calderón Castro.

El Fiscal Alexander Valverde pidió hoy 3 años y medio de prisión contra Alfaro mientras que en el caso de Calderón solicitó absolutoria.

Supuesto uso gratuito de local

Según dicha Fiscalía, los hechos que se juzgan se relacionan con la contribución entregada por Alfaro al partido político Liberación Nacional, consistente en el uso gratuito de un local. 

La donación –según el Ministerio Público, habría sido recibida por Calderón, quien, para el período electoral 2006-2010, formaba parte del Comité Ejecutivo, como secretario nacional. En ese mismo período, ambos aspiraban a una diputación, la cual alcanzaron.

Alfaro, confirmó la Fiscalía, fue acusado por la conducta que establece el primer *inciso del artículo 274 del Código Electoral, mientras que, a Calderón, por dos incisos del artículo 275.

El debate inició pasado 5 de agosto.

La Fiscalía presentó un total de seis testigos, el informe del Tribunal Supremo de Elecciones, así como otros elementos probatorios recabados durante la fase de investigación. 

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* Código Electoral

Artículo 274.- Delitos sobre las contribuciones privadas. Se impondrá pena de prisión de dos a cuatro años:

a) A quien, en nombre y por cuenta de una persona jurídica nacional o extranjera, o persona física extranjera, contribuya, done o realice aportes, en dinero o en especie, a favor de un partido político.

Artículo 275.- Delitos relativos a recepción de contribuciones privadas ilegales. Se impondrá pena de prisión de dos meses a un año al tesorero del comité ejecutivo superior del partido que omita llevar un registro de actividades de recaudación de fondos del partido, incluidas las tendencias y los movimientos.

La pena será de prisión de dos a seis años para:

a) El o la miembro del comité ejecutivo superior del partido, que tenga conocimiento de contribuciones, donaciones o aportes contraviniendo las normas establecidas en este Código, en dinero o en especie, y no lo denuncie ante las autoridades competentes.

c) Los(as) miembros del comité ejecutivo superior del partido, las jefaturas de las campañas electorales o cualquier otro personero del partido que reciba contribuciones, donaciones o cualquier otro tipo de aporte ilegal.

Fuente: Ministerio Público